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BOC Nº 113. Viernes 14 de Junio de 2013 - 3218

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V. ANUNCIOS - Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria)

3218 ANUNCIO de 20 de mayo de 2013, por el que se hace público el Acuerdo de 3 de mayo de 2013, que prorroga por dos años el plazo máximo para la tramitación del procedimiento de elaboración de la "Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mogán en el ámbito de Anfi Tauro".

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BOC-A-2013-113-3218. Firma electrónica - Descargar

Este Ayuntamiento, en sesión de Pleno Municipal celebrado el día 3 de mayo de 2013, acordó <<Prorrogar por dos años el plazo máximo para la tramitación del procedimiento de elaboración de la "Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mogán en el ámbito de Anfi Tauro">>, en los siguientes términos:

"Visto el expediente nº 001/2011-URB, sobre "Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mogán en el ámbito de Anfi Tauro", iniciado a petición de D. Jaime Cuyas Morales, en representación de la mercantil Anfi Tauro, S.A., mediante instancia de fecha 16 de diciembre de 2010 (RE nº 17.953), y siendo la iniciativa del Ayuntamiento de Mogán, y

Resultando, que con fecha 9 de mayo de 2011 el Ayuntamiento en Pleno adopta el siguiente acuerdo: "Tomar conocimiento del documento de Avance de la Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mogán en el ámbito Anfi Tauro e Informe de Sostenibilidad Ambiental, y someterlo a participación ciudadana y trámite de consulta por plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles", acuerdo que fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 134, de 8 de julio de 2011, y Boletín Oficial de la Provincia nº 84, de 1 de julio de 2011.

Considerando, que la tramitación del expediente de referencia sigue el procedimiento establecido en el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias (en adelante, Decreto 55/2006), de conformidad con lo previsto en los artículos 54 y siguientes del citado Texto Normativo.

Considerando, que de acuerdo con el artículo 2.1.a) del Decreto 55/2006, "el plazo máximo para tramitar la revisión de un Plan General de Ordenación es de dos años", asimilándose la figura del Plan General de Ordenación a la anterior denominación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

Considerando, que de conformidad con el artículo 8.2 del Decreto 55/2006, "la ampliación de los plazos señalados podrá acordarse por una sola vez, en un máximo del total de su duración, mientras esté todavía vigente el plazo inicial de referencia". A tales efectos, y considerando como día inicial para el cómputo del plazo de tramitación del procedimiento de referencia el día del acuerdo plenario sobre la toma de conocimiento del documento Avance e ISA, es decir, el 9 de mayo de 2011 (publicado en el BOC nº 134, de 8.7.11, y BOP nº 84, de 1.7.11), concluimos que aún está vigente el plazo inicial de referencia, y que, en consecuencia, procede proponer y acordar la ampliación del plazo por dos años más.

Considerando, que es competencia del Pleno la adopción de acuerdos relativos a la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística, al exigirse para su aprobación un mayoría especial -mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación-, todo ello de acuerdo con el artículo 22.2.p) en relación con el 47.2.11) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.

En virtud de los antecedentes y considerandos expuestos, y de acuerdo con la normativa citada, así como la de general y pertinente aplicación, tengo a bien emitir la siguiente

PROPUESTA:

Primero.- Prorrogar por dos años el plazo máximo para la tramitación del procedimiento de elaboración de la "Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mogán en el ámbito de Anfi Tauro".

Segundo.- Notificar la resolución acordada a la entidad Anfi Tauro, S.A., y publicarla en los Boletines Oficiales correspondientes.

Tercero.- Significar que contra el acto que se acuerde, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Lo que se hace público para general conocimiento y sus efectos oportunos.

Mogán, a 20 de mayo de 2013.- El Alcalde-Presidente, Francisco González González.

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