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BOC Nº 111. Miércoles 12 de Junio de 2013 - 3092

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Audiencia de Cuentas de Canarias

3092 RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2013, relativa a la creación del fichero de datos de carácter personal denominado "Usuarios de la Sede electrónica de la Audiencia de Cuentas de Canarias".

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El acuerdo del Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias por el que se crea la Sede electrónica establece que la información, servicios y contenidos de la misma responderán a los criterios de seguridad establecidos en la normativa vigente y en el Esquema Nacional de Seguridad, incluyendo la relacionada con la protección de datos debiendo respetar lo dispuesto en la citada normativa el tratamiento de datos de carácter personal que resulte necesario para el acceso a los servicios prestados a través de la Sede electrónica.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín del Estado o Diario Oficial correspondiente. La Audiencia de Cuentas de Canarias, como entidad con personalidad jurídica, está incluida, respecto a los ficheros de datos de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

El fichero que se crea por la presente disposición cumple las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.a) de la Ley Territorial 4/1989, de 2 de mayo, reguladora de la Audiencia de Cuentas de Canarias y en el uso de las facultades que me confiere el artº. 32.h) del citado cuerpo legal, vengo a dictar la siguiente:

DISPOSICIÓN

Primero.- Objeto.

La presente disposición tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal denominado "Usuarios de la Sede electrónica de la Audiencia de Cuentas de Canarias".

Segundo.- Medidas de seguridad.

El fichero que se crea por la presente disposición, con las indicaciones que se especifican en el anexo I, cumple las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero.- Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.

Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal del fichero de titularidad de la Audiencia de Cuentas de Canarias, que es objeto de creación en virtud de la presente disposición, se ejercerán ante la Secretaría General de la Audiencia de Cuentas de Canarias, calle Suárez Guerra, 18, de Santa Cruz de Tenerife.

Cuarto.- Publicación.

La presente disposición se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- Inscripción de la creación de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

El fichero de referencia será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por la Audiencia de Cuentas de Canarias, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Sexto.- Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de junio de 2013.- El Presidente, Rafael Díaz Martínez.

A N E X O I

FICHERO DE NUEVA CREACIÓN

Fichero: Usuarios de la Sede electrónica de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Registro de los usuarios que establecen comunicación con la Audiencia de Cuentas de Canarias a través de la Sede electrónica.

Prestación de los servicios proporcionados en la Sede electrónica, así como los requeridos por los usuarios de la misma.

Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulte obligado suministrarlos: Organismos que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, empresarios, y ciudadanos en general.

b) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: vía web, facilitados por los propios usuarios.

c) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos:

* Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, D.N.I., dirección postal y electrónica, teléfono, fax, firma electrónica.

* Datos de características personales: sexo, nacionalidad, lengua materna.

d) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros: se prevé la cesión al Parlamento de Canarias, Tribunal de Cuentas, Órganos Judiciales.

Órgano responsable del fichero: Audiencia de Cuentas de Canarias.

e) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Audiencia de Cuentas de Canarias

Calle Suárez Guerra, 18

38003-Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: (922) 280066.

E-mail: Institucional@acuentascanarias.org.

f) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: el fichero exige medidas de nivel básico.

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