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BOC Nº 98. Jueves 23 de Mayo de 2013 - 2631

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

2631 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 7 de mayo de 2013, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Domingo Gómez Encinoso, del requerimiento de legalización dictado en el expediente IC-449/2013 (2013000449).

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BOC-A-2013-098-2631. Firma electrónica - Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación en el domicilio conocido a D. Domingo Gómez Encinoso del requerimiento de legalización, de fecha 25 de marzo de 2013, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada Resolución.

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a D. Domingo Gómez Encinoso, el requerimiento de legalización de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 25 de marzo de 2013, dictado en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas, con referencia IC - 449/2013 (2013000449) y que dice textualmente:

"En relación con las obras ejecutadas en el lugar denominado Playa Mandrácula, Galletas Arona, del término municipal de Arona, consistentes en construcción de varias viviendas (chabolas de madera, plásticos, etc.), afectando a zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, careciendo de la preceptiva autorización conforme a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y demás títulos habilitantes (Calificación Territorial y licencia de obras) exigibles en el artº. 166 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, de las que resulta ser presunto responsable, se le requiere para que en el plazo de tres (3) meses inste la legalización de las obras que ha ejecutado, mediante la solicitud de la correspondiente autorización conforme a la Ley 22/1988, de Costas, ante la Dirección General de Ordenación del Territorio (Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial), previa a la calificación territorial y a la licencia urbanística, manifestándole que, si al tiempo de formularse la propuesta de resolución del procedimiento sancionador que se inicie, se propondrá y en la resolución definitiva se acordará la imposición, mientras no se formule efectivamente la requerida solicitud, de hasta doce multas coercitivas sucesivas, por plazo de un mes e importe en cada ocasión, del 5% del coste de la obra, en su caso, y como mínimo de 601,01 euros.

Se pone en su conocimiento, que el otorgamiento de la calificación territorial requiere solicitud del interesado ante el Ayuntamiento del lugar donde se localicen las obras, formalizada mediante documentación bastante, acreditativa de la identidad del promotor, la titularidad de derecho subjetivo suficiente sobre el terreno correspondiente, la justificación de la viabilidad y características del acto de aprovechamiento del suelo pretendido y, en su caso, de su impacto en el entorno, así como de la evaluación ecológica o ambiental y la descripción técnica suficiente de las obras e instalaciones a realizar.

Si durante la fase inicial municipal, el Ayuntamiento no emite informe en el plazo máximo de un mes, usted debe reproducir la solicitud directamente ante el Cabildo Insular".

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 2013.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.

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