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BOC Nº 64. Jueves 4 de Abril de 2013 - 1558

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria

1558 EDICTO de 21 de marzo de 2013, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de familia, divorcio contencioso nº 0001232/2010.

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BOC-A-2013-064-1558. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Francisco Javier Palacios Calvo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a uno de marzo de dos mil trece.

Vistos y examinados por Dña. Elsa del Rosario Díaz Ravelo, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de esta Localidad y su Partido, los autos de Divorcio Contencioso, seguidos con el número de orden 1232/12 promovidos a instancia de D. Agustín Mario Romero Rodríguez, representado por la Procuradora Sra. Cambreleng Roca y asistido de Letrado Sr. Valdivieso Gómez, contra Dña. Ángela María Meza Pérez, en situación de rebeldía procesal."

"FALLO

Que estimando como estimo la concurrencia de los presupuestos y requisitos legales para ello, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por D. Agustín Mario Romero Rodríguez y por Dña. Ángela María Meza Pérez, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde esté inscrito el matrimonio y el nacimiento de los hijos.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual deberá ser anunciado en el plazo de veinte días.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ángela María Meza Pérez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de marzo de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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