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BOC-A-2013-052-1199.
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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTANCIAS EN OTROS CENTROS ASOCIADAS AL DESARROLLO DE TESIS DOCTORALES.
ANTECEDENTES
En cumplimiento de los mandatos establecidos en los artículos 90 y 92 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna anualmente esta Universidad aprueba un Programa de Apoyo a la Investigación, entre cuyos objetivos está el de estimular la realización de tesis doctorales apoyando económicamente a las personas matriculadas en programas de doctorado mediante la concesión de ayudas para la estancia en otros centros, con especial énfasis en el logro de la mención internacional.
Por otro lado, en aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, toda referencia a personas, colectivos, cargos académicos, representantes, etc. contenida en el presente documento cuyo género sea masculino se entenderá referida a ambos géneros, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse a mujeres y hombres.
Para alcanzar el objetivo indicado en el primer párrafo, se procede a realizar la presente convocatoria de ayudas con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.- Objetivo de las ayudas.
El objetivo es conceder ayudas a personas matriculadas en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna para la realización de estancias en centros de investigación distintos a los que está adscrito el interesado con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades de investigación para mejorar su formación e impulsar el desarrollo de su tesis (se excluyen los cursos, congresos, reuniones científicas y seminarios).
Segunda.- Beneficiarios de las ayudas.
Uno. Estas ayudas podrán solicitarlas exclusivamente las personas matriculadas en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna.
Dos. Esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda concedida por la Universidad de La Laguna o por cualquier organismo autonómico, nacional o extranjero para estancias y desplazamientos a otros centros en el mismo año, exceptuando los casos en los que la ayuda permita completar el mínimo de tres meses de estancia necesario para la mención de "doctorado internacional".
Tres. Se podrá solicitar una única ayuda de la Universidad de La Laguna por convocatoria.
Tercera.- Cuantía de las ayudas.
Uno. La dotación de estas ayudas será de 50 euros por cada día de estancia en el centro de destino, y una cantidad en concepto de desplazamiento (gasto de ida y vuelta al centro), cuya cuantía, en función del lugar del desplazamiento, será la siguiente:
Canarias (excepto Tenerife): hasta 125 euros.
Península (incluido Portugal) y Baleares: hasta 300 euros.
Países de la Unión Europea (excepto Portugal), Cabo Verde, Guinea Bissau, Senegal, Mauritania y Marruecos: hasta 500 euros.
Resto de países europeos y costa este de EEUU: hasta 700 euros.
Resto de países: hasta 850 euros.
Las estancias en Centros españoles o extranjeros objeto de estas ayudas, deberán realizarse íntegramente durante el año 2013.
La duración de la estancia será como mínimo de cuatro semanas y como máximo de doce semanas, dándose prioridad a estancias en países de la Unión Europea con objeto de conseguir la mención internacional.
Dos. Las ayudas concedidas serán abonadas con cargo a la aplicación presupuestaria 180403AA-423B4-48809 "Ayudas para tesis" del ejercicio presupuestario 2013, siendo el importe máximo previsto para este tipo de ayudas de 36.000 euros.
Cuarta.- Presentación de solicitudes y documentación.
Uno. Las solicitudes en modelo normalizado (anexo 1) se presentarán en el Registro General de la Universidad de La Laguna sito en calle Padre Herrera, s/n, La Laguna o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dos. Junto a la solicitud se aportará la documentación siguiente:
1. Justificante de haber superado la fase docente del doctorado, o haber obtenido el Diploma de Estudios Avanzados (DEA) o de estar matriculado en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna.
2. Número de tesis doctorales defendidas que han sido dirigidas por el director en los últimos 10 años en la ULL, participación en programas de doctorado interuniversitario o internacionales, participación en programas de movilidad y proyectos competitivos del que el director haya sido IP o en el que se ha participado durante los últimos 10 años (En el caso de presentación de diversa documentación se acompañará relación detallada de la misma).
3. Publicaciones académicas, patentes y comunicaciones a congresos del solicitante (En el caso de presentación de diversa documentación se acompañará relación detallada de la misma).
4. Documento de aceptación en el centro de destino, en el que la persona responsable del mismo manifieste la conformidad con la actividad a realizar por el doctorando y en la que se contemple explícitamente el período de estancia.
5. Memoria de la actividad a realizar e informe del director del trabajo de investigación en el que se manifieste el interés de dicha actividad para el desarrollo de la tesis, destacando la relación de la actividad con un proyecto de investigación en curso.
6. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para beneficiarse de subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (incluida en el impreso de solicitud).
Tres. Se podrá requerir al solicitante, en cualquier momento antes de la resolución definitiva, la documentación o aclaraciones necesarias que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos, sin que ello implique la posibilidad de aportar méritos que no se hayan aportado en el plazo de presentación de solicitudes.
Quinta.- Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente del de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. El impreso de solicitud estará disponible en la dirección Web http://www.ull.es/view/institucional/ull/Propias/es.
Los requisitos necesarios para concurrir a esta convocatoria tendrán como fecha límite aquella que coincida con la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El plazo de acreditación coincidirá con el que se establezca para subsanación de la documentación.
Sexta.- Subsanación de solicitudes.
En el caso de solicitudes defectuosas o incompletas se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Transcurrido ese plazo y conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y si el interesado no atendiese el requerimiento se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma Ley. Dicho requerimiento se realizará a través de la página web http://www.ull.es/view/institucional/ull/Propias/es, pudiendo también, complementariamente, enviarse comunicación a la dirección de correo electrónico que el interesado haya indicado en su solicitud.
Séptima.- Procedimiento de selección y adjudicación.
Uno. La adjudicación de las ayudas se realizará teniendo en cuenta el siguiente baremo:
Méritos del programa de doctorado:
1. Estar matriculado/a en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna con mención hacia la excelencia (20 puntos).
2. Estar matriculado en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna que se haya presentado en los últimos 3 años a la convocatoria de mención hacia la excelencia del Ministerio de Educación y haya obtenido una nota igual o superior a los 70 puntos (10 puntos).
3. Estar matriculado/a en un programa de doctorado de la Universidad de La Laguna en el que se acredite detalladamente la participación en programas de movilidad internacional de su profesorado y alumnado (5 puntos).
Méritos del solicitante.
4. Ser becario o tener un contrato laboral predoctoral con la Universidad de La Laguna:
- Personal investigador en formación FPU del Ministerio de Educación o FPI del Ministerio de Economía y Competitividad: 15 puntos.
- Beca JAE (10 puntos).
- Personal investigador en formación ACIISI: 10 puntos.
- contrato laboral pre-doctoral: 5 puntos.
- Otras becas concedidas en convocatorias competitivas para la realización de la tesis doctoral: 5 puntos.
5. Formar parte del equipo de investigación de un proyecto de investigación competitivo nacional o europeo: 10 puntos.
6. Formar parte del equipo de investigación de un proyecto de investigación competitivo autonómico: 5 puntos.
7. Publicaciones científicas, patentes y comunicaciones a congresos.
- por cada artículo en revista internacional indexada: 2 puntos.
- por cada artículo en revista nacional indexada:1 punto.
- por cada comunicación en congreso de ámbito internacional: 0,5 puntos.
- por cada comunicación en congreso nacional: 0,25 puntos
- por cada patente: 2 puntos.
8. Estancias cuya duración permita obtener la mención internacional (10 puntos).
9. Estancias que permitan completar el mínimo exigido para obtener la mención Internacional (10 puntos).
Méritos del director de tesis.
10. Tesis dirigidas.
- por cada tesis dirigida europea o internacional en los últimos diez años: 2 puntos.
- por cada tesis dirigida en los últimos diez años: 1 punto.
11. Participación en programas de doctorado:
- por participación en un programa de doctorado interuniversitario: 1 punto.
- por participación en un programa de doctorado internacional: 2 puntos.
- por participación en un programa de movilidad: 1 punto.
12. Participación en un proyecto activo en el momento de la solicitud:
- europeo: 5 puntos.
- nacional: 3 puntos.
- autonómico: 1 punto.
Dos. En el caso de que la cuantía total de las ayudas solicitadas superase las disponibilidades presupuestarias, sólo se atenderán aquellas solicitudes que hubieran obtenido mayor puntuación de acuerdo con el presente baremo.
Octava.- Concesión de las ayudas.
Todas las financiaciones serán adjudicadas por resolución de la Vicerrectora de Investigación y Transferencia de Conocimiento, en uso de las competencias atribuidas por la Resolución de 3 de mayo de 2011 por la que se aprueban normas de delegación de competencias del Rector y suplencias de esta Universidad. Las resoluciones se publicarán en la dirección web http://www.ull.es/view/institucional/ull/Propias/es, pudiendo cursarse complementariamente notificación por correo electrónico a la dirección que el interesado haya indicado en su solicitud. La presentación de la solicitud implicará el consentimiento del interesado para que las diversas comunicaciones referentes a la ayuda solicitada se realicen por correo electrónico.
Las resoluciones provisionales fijarán un plazo para la presentación de reclamaciones o alegaciones, las cuales se presentarán en el Servicio de Investigación en calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna.
Las resoluciones que se dicten tanto provisionales como definitivamente de las ayudas recogerán la relación de los beneficiarios de las ayudas así como la cuantía de las mismas.
En la resolución definitiva se fijará el plazo para la aceptación o renuncia a las ayudas (modelo anexo 2). En todo caso, se entenderán aceptadas salvo que el interesado haya presentado renuncia expresa en dicho plazo.
La resolución definitiva recogerá además los recursos que, en su caso, quepan contra dicha resolución, plazo de interposición y órgano competente para su resolución.
La presente convocatoria se resolverá en el plazo de 3 meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Novena.- Condiciones de la concesión.
Uno. En el caso de que no se efectuara el desplazamiento para el que fue solicitada la ayuda, las personas beneficiarias deberán presentar en el Servicio de Investigación un escrito de renuncia a la misma, sin que sea posible, en ningún caso, utilizar la ayuda concedida para otro desplazamiento.
Dos. La actividad deberá realizarse y justificarse entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de 2013.
Tres. Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda dará lugar a la revocación de la concesión y al reintegro total de las cantidades asignadas. Así mismo, el incumplimiento de las condiciones de la presente convocatoria inhabilitará a la persona beneficiaria para obtener nuevas financiaciones, de cualquier naturaleza, en convocatorias efectuadas por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Conocimiento en los tres años siguientes.
Décima.- Pago y justificación de la ayuda.
Uno. En el plazo de un mes contado a partir de la finalización de la estancia, los beneficiarios deberán enviar al correo electrónico del Servicio de Investigación investiga@viinv.ull.es una justificación de la labor realizada durante la misma, que incluya un informe firmado por el/la director/a del centro de acogida de la labor realizada, con una valoración del rendimiento del beneficiario.
Dos. Para el cobro de las cantidades correspondientes, el beneficiario deberá presentar en el Servicio de Contabilidad y Oficina Presupuestaria, como justificantes de los gastos realizados, las facturas de los gastos derivados de la ida y la vuelta al centro de destino y copia del certificado de la estancia emitido por el centro receptor. El plazo de justificación de las ayudas se ajustará a las fechas fijadas en las instrucciones de la gerencia de cierre de ejercicio presupuestario. Si transcurridas dichas fechas el interesado no ha presentado la correspondiente justificación, se entenderá que renuncia a la ayuda.
Undécima.- Obligaciones de los beneficiarios.
El Servicio de Investigación comprobará que los beneficiarios de estas ayudas han defendido su tesis doctoral en la Universidad de La Laguna en un plazo no superior a tres años desde el momento de la concesión de la ayuda. En el caso de las ayudas encaminadas a la obtención de la mención internacional, deberá obtenerse esta en un plazo no superior a tres años desde el momento de la concesión de la ayuda. En caso contrario, y salvo causas justificadas, procedería el reintegro de la ayuda, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Duodécima.- Otra normativa aplicable y recursos.
Contra la resolución que aprueba las presentes bases, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o, potestativamente en vía administrativa mediante recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.
La Laguna, a 1 de marzo de 2013.- La Vicerrectora de Investigación y Transferencia de Conocimiento, Catalina Ruiz Pérez.
Ver anexo en las páginas 5398-5399 del documento Descargar
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