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BOC Nº 43. Lunes 4 de Marzo de 2013 - 957

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

957 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 7 de febrero de 2013, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Irache González Ortego, del requerimiento de legalización o restablecimiento, recaída en el expediente IU-727/2011.

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BOC-A-2013-043-957. Firma electrónica - Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación en el domicilio conocido a Irache González Ortego de requerimiento de legalización o restablecimiento, de fecha 23 de marzo de 2012, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada Resolución.

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a Irache González Ortego, la Resolución nº 237, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 7 de febrero de 2013, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU-727/2011, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"Vista la denuncia formulada por la ejecución de obras consistentes en construcción de 35 m2, cuarto de chapas y piedras, en el lugar denominado Llanos de la Presa, del término municipal de Haría, sin la preceptiva calificación territorial ni licencia urbanística exigible, de las que resulta ser presunta responsable doña Irache González Ortego.

Por la presente, se le requiere para que, en el plazo tres meses desde esta notificación, acredite ante este Organismo, el restablecimiento de las obras sin título habilitante a su estado original, o en su caso que se ha procedido a instar la preceptiva legalización, mediante la solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística, advirtiéndole que de no cumplimentar el presente requerimiento en el plazo señalado, se incoará el oportuno expediente sancionador por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Se pone en su conocimiento, que el otorgamiento de la calificación territorial requiere solicitud del interesado ante el Ayuntamiento del lugar donde se localicen las obras, formalizada mediante documentación bastante, acreditativa de la identidad del promotor, la titularidad de derecho subjetivo suficiente sobre el terreno correspondiente, la justificación de la viabilidad y características del acto de aprovechamiento del suelo pretendido y, en su caso, de su impacto en el entorno, así como de la evaluación ecológica o ambiental y la descripción técnica suficiente de las obras e instalaciones a realizar.

Si durante la fase inicial municipal, el Ayuntamiento no emite informe en el plazo máximo de un mes, usted debe reproducir la solicitud directamente ante el Cabildo Insular."

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2013.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.

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