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BOC-A-2013-042-910.
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D./Dña. Eduardo Simón Rojo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Arona, a 20 de diciembre de 2012.
Vistos por mí, Dña. Ana María Martín-Nieto Martín, Juez, del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos, que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Ordinario con el número 1097/2011, siendo parte demandante la Comunidad de Propietarios Santa María, representada por el Procurador de los Tribunales Pedro Ledo Crespo, y dirigida por el Letrado D. Leopoldo Mesa Hernández, frente a Dña. Kim Spooner, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Estimo la demanda presentada por D. Pedro Ledo Crespo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Santa María, frente a D. Kim Spooner y en su virtud les condeno, al pago de la cantidad de ocho mil ochenta y nueve euros con noventa y dos céntimos (8.089,92 euros), más los intereses legales y costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en Arona. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Kim Spooner, y su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, expido y libro el presente en Arona, a 21 de diciembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
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