Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 34. Martes 19 de Febrero de 2013 - 689

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

689 ORDEN de 6 de febrero de 2013, por la que se crea el fichero parcialmente automatizado WEBPESCA, y por la que se modifica la Orden de 31 de julio de 2002, por la que se crea y regula los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

4 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 1.22 Mb.
BOC-A-2013-034-689. Firma electrónica - Descargar

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 20, apartado primero, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

El apartado segundo del citado precepto señala el contenido que tendrá que hacer referencia cada uno de los ficheros:

a) Finalidad y usos previstos.

b) Personas o colectivos.

c) Procedimiento de recogida de datos.

d) Estructuras básica del fichero y descripción de los tipos de datos personales.

e) Cesiones.

f) Órganos responsables.

g) Servicios o unidades gestoras.

h) Medidas de seguridad.

El artículo 39.1 de la citada Ley 15/1999 dispone que el Registro General de Protección de Datos es un órgano integrado en la Agencia de Protección de Datos y, en su apartado segundo, que serán objeto de inscripción en dicho Registro los ficheros de los que sean titulares las Administraciones Públicas. Según el artículo 79 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, las referencias a la Agencia de Protección de Datos deberán entenderse realizadas a la Agencia Español de Protección de Datos.

Mediante Orden de 31 de julio de 2002, de la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, se crearon y regularon los ficheros parcialmente automatizados de datos de carácter personal existentes en la misma. En el anexo de la referida Orden se establecen los ficheros parcialmente automatizados con datos de carácter personal de esta Consejería, recogiéndose en el apartado F, los vinculados a la Viceconsejería de Pesca y Aguas, debiendo incluirse las bases de datos relacionadas con la:

* Tramitación y gestión de las academias náuticas de recreo, escuelas deportivas náuticas y centros deportivos recreativos subacuáticos, conforme su correspondiente normativa.

* Tramitación y gestión de las distintas titulaciones náuticas de recreo, así como las profesionales marítimo-pesqueras.

* Tramitación y gestión de las distintas convocatorias a exámenes anuales para el acceso a las titulaciones náuticas de recreo.

* Tramitación de las distintas solicitudes y matrículas de los alumnos de los Institutos de Formación Profesional Marítimo Pesqueros, en cursos dependientes de este centro directivo.

El Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, dicta las medidas aplicables a la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal que sean titularidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por ello, y atendiendo a los principios de seguridad jurídica consagrados por el artículo 9.3 de la Constitución Española, de protección de la intimidad personal, recogido en el artículo 18.1 del mismo texto legal y desarrollado por la mencionada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en uso de la competencia conferida por el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Crear el fichero parcialmente automatizado "WEBPESCA", que contiene y procesa datos de carácter personal, y cuyo contenido figura en el anexo de la presente Orden.

Artículo 2.- Modificar la Orden de 31 de julio de 2002, de la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se crean y regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la misma, en el sentido de incorporar a su anexo, con el número 21, bis, el fichero parcialmente automatizado de datos denominado "WEBPESCA".

Disposición Final.

Única.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de febrero de 2013.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Juan Ramón Hernández Gómez.

A N E X O

Nombre del fichero: WEBPESCA.

1) Finalidad y usos.- Archivo que contiene los datos de los solicitantes de titulaciones profesionales marítimas pesqueras y náuticas de recreo; de los solicitantes a exámenes para la obtención de titulaciones que habilitan para la navegación de recreo; de los solicitantes para inicio de actividades propias de centros náuticos de enseñanza de navegación de recreo, así como de los administrados que ya la ejercen; de los solicitantes de autorización para escuelas deportivas náuticas, centros de buceo deportivos-recreativos subacuáticos y centros de enseñanza de buceo profesional, a fin de facilitar la renovación y convalidación de titulaciones profesionales marítimas pesqueras y náuticas de recreo; la convocatoria, admisión y exclusión a exámenes para la obtención de titulaciones que habilitan para la navegación de recreo; la tramitación de comunicación previa para inicio de actividades propias de centros náuticos de enseñanza de navegación de recreo, así como de los administrados que ya la ejercen; la tramitación de autorización para escuelas deportivas náuticas, centros de buceo deportivos-recreativos subacuáticos y centros de enseñanza de buceo profesional.

2) Personas o colectivos afectados.- Personas físicas que solicitan titulaciones profesionales marítimas pesqueras y náuticas de recreo; personas físicas que solicitan asistir a los exámenes teóricos o prácticos para obtención de un título náutico de recreo; personas físicas o jurídicas que solicitan autorización, así como los autorizados, como centros náuticos de enseñanza de navegación de recreo, escuelas deportivas náuticas, centros de buceo deportivos-recreativos subacuáticos y centros de enseñanza de buceo profesional; y los alumnos y el personal al servicio de las academias, escuelas y centros referidos.

3) Procedimiento de recogida de datos.- Datos facilitados por los solicitantes a la Administración o entidades colaboradoras; puede ser en papel o formato electrónico.

Datos facilitados por academias náuticas de recreo; puede ser en papel o formato electrónico.

4) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Base de datos SQL Server.

- Datos de carácter personal:

* De carácter identificativo: nombre y apellidos, C.I.F./N.I.F./N.I.E./pasaporte, fecha de nacimiento, firma, fotografía, número de teléfono, dirección postal, correo electrónico, número de fax.

* Datos médicos: certificado médico. Solo aptitud para la obtención de carné (Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, artº. 81.6).

* Datos académicos y profesionales: titulaciones necesarias para la obtención de la solicitada; y titulaciones necesarias para actividades de academias náuticas de recreo, y para autorizaciones de escuelas deportivas náuticas, centros de buceo deportivos-recreativos subacuáticos y centros de enseñanza de buceo profesional.

5) Cesiones de datos de carácter personal.- Ministerio de Fomento, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, así como cualquier otro que venga impuesto por normas con rango de Ley.

6) Órgano responsable.- Viceconsejería de Pesca y Aguas.

7) Servicio o Unidad Gestora.- Servicio de Estructuras Pesqueras.

Los modelos de solicitud para ejercer los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de los datos de carácter personal contenidos en los ficheros de titularidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, son los aprobados por la Orden de 24 de febrero de 2006.

8) Medidas de seguridad y su nivel.- Medidas de seguridad de nivel básico.

© Gobierno de Canarias