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BOC Nº 239. Viernes 7 de Diciembre de 2012 - 6137

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona

6137 EDICTO de 9 de noviembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000147/2012.

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BOC-A-2012-239-6137. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Eduardo Simón Rojo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Arona, a 9 de noviembre de 2012.

Vistos y examinados los presentes autos nº 147/2012, de juicio ordinario por Dña. Ana María Martín Nieto Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Arona su partido; seguidos a instancia de Inmobiliaria Laguna Sur, S.L., representada por la Procuradora Dña. María Isabel Navarro Gómez, y asistida por el Letrado D. Antonio F. Purriños; frente a Nearco Tenerife, S.L., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Se acuerda estimar la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dña. María Isabel Navarro Gómez, en nombre y representación de Inmobiliaria Laguna del Sur, frente a Nearco Tenerife, S.L., y en su virtud:

- Declaro el pleno dominio del mismo sobre la finca registral número 39.759, inscrita en el Registro de la Propiedad de Arona, tomo 1221, libro 451, folio 124, condenando al demandado a estar y pasar la mencionada declaración.

- Se acuerda la inscripción de la finca indicada a nombre del demandante y la cancelación de la inscripción establecida a favor de Nearco Tenerife, S.L., que pudieran resultar del Registro de la Propiedad, para lo que se librarán, en su caso los mandamientos judiciales que sean oportunos.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su resolución por la Audiencia Provincial.

Por esta mi resolución, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, que la ha dictado constituida en Audiencia Pública, en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nearco Tenerife, S.L., y para su publicación en Boletín Oficial de Canarias, expido y libro el presente en Arona, a 9 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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