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BOC Nº 236. Lunes 3 de Diciembre de 2012 - 6072

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V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de La Palma

6072 ANUNCIO de 12 de noviembre de 2012, sobre notificación de resolución de expedientes sancionadores en materia de infracciones administrativas de transportes.

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BOC-A-2012-236-6072. Firma electrónica - Descargar

Providencia de 12 de noviembre de 2012, del Consejero Delegado de Transportes, del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, relativa a notificación de resolución de expedientes sancionadores por infracciones a la normativa sobre transportes terrestres que se relacionan.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan las resoluciones formuladas en los expedientes que les han sido instruidos por esta administración pública en materia de infracciones a la normativa reguladora de los transportes terrestres.

El Cabildo Insular de La Palma tiene atribuida la competencia en materia de transportes terrestres que le ha sido transferida por la Disposición Adicional Primera, letra l), de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, ejerciendo este Consejero Delegado las facultades que le atribuyen tanto el artículo 19.1.o) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento, como el artículo 10.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

El importe de la citada multa podrá abonarlo en período voluntario mediante ingreso o transferencia a la cuenta del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en CajaCanarias con código cuenta cliente 2065 0711 82 2901002153, o directamente en la oficina de Servicios de Colaboración Integral, S.L., sita en la calle Álvarez de Abreu, 70, planta 7, en Santa Cruz de La Palma, en los plazos siguientes:

a) Si la notificación de esta resolución se produce entre los días 1 y 15, desde esa fecha hasta el día 20 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

b) Si la notificación se produce entre los días 16 y último de mes, desde esa fecha hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil siguiente.

Transcurrido dicho plazo sin que el importe de la multa haya sido abonado, se iniciará el procedimiento de apremio previsto en los artículos 69 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, resultando el importe de la multa con los intereses de demora y recargos establecidos en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra las resoluciones recaídas cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Presidenta en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución. Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de la presente resolución, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No obstante, podrán utilizar cualquier otra acción o recurso que estimen procedente.

1. EXPTE.: TF/2012/50102; TITULAR: Archipiélago Red de Transporte, S.L.; POBLACIÓN: Breña Alta; MATRÍCULA: 5889-FXR; FECHA DENUNCIA: 23 de mayo de 2012; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 60.1 y 104.1.9 LOTCC; Decreto 6/2002; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo pesado, careciendo de autorización.

2. EXPTE.: TF/2012/50025; TITULAR: Archipiélago Red de Transporte, S.L.; POBLACIÓN: Breña Alta; MATRÍCULA: 5889-FXR; FECHA DENUNCIA: 2 de febrero de 2012; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 60.1 y 104.1.9 LOTCC; Decreto 6/2002; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo pesado, careciendo de autorización.

3. EXPTE.: TF/2012/50050; TITULAR: Archipiélago Red de Transporte, S.L.; POBLACIÓN: Breña Alta; MATRÍCULA: 5889-FXR; FECHA DENUNCIA: 10 de febrero de 2012; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 60.1 y 104.1.9 LOTCC; Decreto 6/2002; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo pesado, careciendo de autorización.

4. EXPTE.: TF/2012/50076; TITULAR: Horpa, S.L.; POBLACIÓN: Villa de Mazo; MATRÍCULA: TF-9779-BV; FECHA DENUNCIA: 7 de marzo de 2012; INFRACCIÓN: artículos 13.1 y 104.2 LOTCC; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109.1 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realización de transporte público o de actividades auxiliares o complementarias incumpliendo alguno de los requisitos del artº. 13.1 de la LOTCC.

5. EXPTE.: TF/2012/50094; TITULAR: Horpa, S.L.; POBLACIÓN: Villa de Mazo; MATRÍCULA: TF-1881-BW; FECHA DENUNCIA: 7 de marzo de 2012; INFRACCIÓN: artículos 13.1 y 104.2 LOTCC; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109.1 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realización de transporte público o de actividades auxiliares o complementarias incumpliendo alguno de los requisitos del artº. 13.1 de la LOTCC.

6. EXPTE.: TF/2012/50021; TITULAR: Horpa, S.L.; POBLACIÓN: Villa de Mazo; MATRÍCULA: TF-1433-AP; FECHA DENUNCIA: 7 de marzo de 2012; INFRACCIÓN: artículos 19 y 104.3 LOTCC; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.i) y 109.1 LOTCC; HECHO INFRACTOR: realización de transporte público o de actividades auxiliares o complementarias incumpliendo alguno de los requisitos del artº. 13.1.19 de la LOTCC.

7. EXPTE.: TF/2012/50063; TITULAR: Tabares Ferraz, Gustavo; POBLACIÓN: Villa y Puerto de Tazacorte; MATRÍCULA: TF-3468-BN; FECHA DENUNCIA: 28 de marzo de 2012; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 82 y 105.30, en relación con el artº. 104.1.9 LOTCC; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 108.f) LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de viajeros en vehículos de hasta 9 plazas, careciendo de autorización.

Santa Cruz de La Palma, a 12 de noviembre de 2012.- El Consejero Delegado de Medio Ambiente y Transportes, Carlos González Mata.

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