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BOC Nº 229. Jueves 22 de Noviembre de 2012 - 5848

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5848 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora, de ordenación de pagos de las subvenciones concedidas con cargo al tercer período de la convocatoria 2011 del programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven" (2º Pago).

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BOC-A-2012-229-5848. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 21 de junio de 2010 (BOC nº 127, de 30.6.10), del Director del Servicio Canario de Empleo, se modifica, en el marco del Plan Canarias Emplea, el programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven".

Segundo.- Con fecha 16 de marzo de 2011, se dicta Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 67, de 1.4.11), por la que se aprueba la convocatoria de dicho programa para el ejercicio 2011.

Tercero.- Con fecha 30 de junio de 2011 se dicta Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se modifica la aplicación presupuestaria y el importe asignado a dicha convocatoria como consecuencia del "Acuerdo de Gobierno por el que se adoptan medidas para el impulso de la actividad económica, las políticas sociales y el cumplimiento del objetivo de estabilidad" de fecha 9 de junio de 2011.

Cuarto.- El tercer plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria abierta se extendió hasta el 10 de diciembre de 2011, según lo consignado en el resuelvo 2º de la citada Resolución de 16 de marzo de 2011.

Quinto.- Mediante Resolución de 10 de septiembre de 2012, del Director del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 184, de 19.9.11), se establece la relación de entidades beneficiarias de subvención, y se ordena, en su resuelvo cuarto, el primer pago de la subvención concedida a cada entidad, el cual se realiza en concepto de los seis primeros meses de realización de los contratos en virtud de los cuales se concede la citada subvención.

Sexto.- Teniendo en cuenta la fecha de inicio de las contrataciones objeto de concesión de subvención, las cuales han podido todas cumplir una duración de 9 meses, procede realizar el 2º pago de las solicitudes concedidas en dicho período, pago este que se corresponde, de conformidad con la base undécima reguladora del Programa, con los meses comprendidos entre el mes 7º y 9º de cada contratación objeto de subvención.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.g) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).

Segundo.- La base reguladora undécima del Programa determina la obligación de ordenar el primer pago de la cuantía concedida a cada entidad beneficiaria una vez transcurridos los seis primeros meses de vigencia de cada contrato.

De igual forma, dicha base establece que el importe restante de la subvención se abonará dentro del mes inmediatamente siguiente al de cada uno de los siguientes trimestres de vigencia del contrato.

R E S U E L V O:

Primero.- Con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.50.01.241-H.470.00.00 PILA 15400901 "PIEC Fomento de la empleabilidad de los residentes en Canarias, de acuerdo con el anexo I de esta Resolución y en conformidad con la base reguladora undécima del Programa, ordenar el segundo pago de las subvenciones concedidas, el cual se corresponde con el período que transcurre desde el mes 7º al 9º de cada contratación objeto de concesión.

Segundo.- Dada la ejecución de la duración de 6 meses de la contratación en virtud de la cual le fue concedida la subvención, declarar la justificación total de las subvenciones concedidas a las siguientes entidades:

Ver anexo en la página 24001 del documento Descargar

Tercero.- En lo que respecta a la entidad Martel Asesoramiento y Servicios (expte nº 11-005), dada la baja laboral voluntaria en la que la contratación subvencionada incurrió cumplidos los siete meses de ejecución de la misma, declarar la justificación parcial de la subvención concedida en virtud del mes 7º de contratación y dejar si efecto la misma por el período comprendido entre los meses 8º-12º y por un importe de 1550 euros.

Cuarto.- Notificar la presente Resolución a las entidades o personas interesadas en el expediente, con la indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de noviembre de 2012.- La Directora, Dominica Fernández Fernández.

Ver anexo en las páginas 24002-24002 del documento Descargar

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