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BOC-A-2012-228-5835.
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No habiéndose podido practicar la notificación a Sdad. Agraria de Transformación Botija nº 6979 de la Resolución de Caducidad del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1601 de fecha 5 de octubre de 2012, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a Sdad. Agraria de Transformación Botija nº 6979, la Resolución de Caducidad del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 1601 de fecha 5 de octubre de 2012, recaída en el expediente instruido en esta Agencia por infracción del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU 36-2012 - (2012-000036), que dice textualmente:
Notificar a Sdad. Agraria de Transformación Botija nº 6979 la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 1601 de fecha 5 de octubre de 2012, recaída en el expediente instruido en esta Agencia por infracción del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado, mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU - 36/2012 (2012000036), que dice textualmente:
Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento sancionador, incluido en el expediente administrativo IU 36/2012, que fue incoado a la Sociedad Agraria de Transformación Botija nº 6979, por Resolución nº 482, de 19 de marzo de 2012, del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, debiéndose, de no haber prescrito las infracción, proceder a la incoación de un nuevo procedimiento administrativo.
Segundo.- Ordenar el archivo de las actuaciones desarrolladas en el citado procedimiento administrativo, conservando expresamente, a los efectos a los que en su caso, se refiere el resuelvo precedente, las siguientes actuaciones documentadas en el expediente, bajo los números que también, se señalan:
Ver anexo en la página 23952 del documento Descargar
Tercero.- Notificar la presente Resolución a la Sociedad Agraria de Transformación Botija nº 6979 y dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Gáldar (Gran Canaria).
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de noviembre de 2012.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.
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