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BOC Nº 222. Martes 13 de Noviembre de 2012 - 5636

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5636 ORDEN de 12 de noviembre de 2012, por la que se establecen los servicios mínimos del personal que presta servicios en este Departamento y en los Organismos Autónomos adscritos al mismo, como consecuencia de la jornada de huelga general convocada por varias Organizaciones Sindicales, para el día 14 de noviembre de 2012, desde las 00:00 hasta las 24:00 horas.

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BOC-A-2012-222-5636. Firma electrónica - Descargar

En ejercicio del derecho reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, así como los artículos 4.1.e) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y 3 del Real Decreto 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo, varias Organizaciones Sindicales han convocado una jornada de huelga general, presentando a tal efecto preaviso para el próximo día 14 de noviembre desde las 00:00 hasta las 24:00 horas. Es necesario garantizar la prestación de servicios considerados esenciales, dentro del conjunto de las funciones que son competencia de esta Consejería y de los Organismos Autónomos adscritos a la misma, en el contexto de la Administración Autonómica.

De conformidad con el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de Canarias y el Comité de Huelga en la reunión celebrada el 8 de noviembre de 2012, durante la jornada de huelga del día 14 de noviembre entre las 0:00 y las 24:00 horas estarán operativos los registros ubicados en Santa Cruz de Tenerife (Edificio de Usos Múltiples II) y Las Palmas de Gran Canaria (Edificio de Usos Múltiples II), así como en Puerto del Rosario (Administración Tributaria, calle Primero de Mayo, 1), Arrecife (calle Doctor Ruperto González Negrín, nº 10, esquina Luis Morote), San Sebastián de La Gomera (Avenida Quinto Centenario, 11, planta baja, local 10, Edificio Mango), Santa Cruz de La Palma (Avenida de los Indianos, 20, 1º) y Valverde (calle Constitución, nº 8).

Vistas las disposiciones de aplicación y en particular el Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 16 de marzo).

En el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 2 del citado Decreto Territorial 24/1987, de 13 de marzo,

R E S U E L V O:

Determinar que los servicios mínimos a cumplir durante la huelga convocada para el día 14 de noviembre de 2012 desde las 00:00 hasta las 24:00 horas, en esta Consejería y en los Organismos Autónomos adscritos a la misma, son los que se prestan en los puestos de trabajo relacionados en el anexo, debiendo ser cumplidos por los empleados públicos adscritos a los mismos.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de noviembre de 2012.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Juan Ramón Hernández Gómez.

Ver anexo en las páginas 23108-23108 del documento Descargar

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