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BOC Nº 220. Viernes 9 de Noviembre de 2012 - 5589

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

5589 Dirección General de Personal.- Resolución de 19 de octubre de 2012, por la que, como consecuencia de la creación de un nuevo centro por la fusión de los Institutos de Enseñanza Secundaria Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales de Las Palmas de Gran Canaria, se adjudica nuevo destino definitivo al personal docente afectado por dicha fusión.

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BOC-A-2012-220-5589. Firma electrónica - Descargar

Examinado el Decreto 59/2012, de 20 de junio, por el que se crean por fusión un instituto de educación secundaria y varios colegios de educación infantil y primaria y se integra el alumnado procedente de diversos centros de educación infantil y primaria, en las islas de Gran Canaria, La Palma y Tenerife, a partir del curso escolar 2012/2013 (BOC nº 127, de 29.6.12), que acuerda en su disposición primera suprimir con efectos de 30 de junio de 2012 los Institutos de Educación Secundaria Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales, y en su disposición tercera crear, con efectos de 1 de julio de 2012, un instituto de Educación Secundaria en Las Palmas de Gran Canaria, código 35014482, por fusión de los dos Institutos mencionados, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Para dar respuestas organizativas que conduzcan a un mejor aprovechamiento de los recursos personales y materiales en base a los principios de economía y eficiencia de los recursos públicos, así como por motivos pedagógicos, la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad se plantea la fusión de los Institutos de Enseñanza Secundaria Santa Teresa de Jesús, código 35002959, y Tomás Morales, código 35002947, en un nuevo Instituto de Enseñanza Secundaria, que se crea al efecto con el código 35014482 en el mismo municipio de Las Palmas de Gran Canaria, lo que supone la supresión de los Institutos Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales.

Segundo.- En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno aprueba el Decreto 59/2012, de 20 de junio, por el que se crean por fusión un instituto de educación secundaria y varios colegios de educación infantil y primaria y se integra el alumnado procedente de diversos centros de educación infantil y primaria, en las islas de Gran Canaria, La Palma y Tenerife, a partir del curso escolar 2012/2013 (BOC nº 127, de 29.6.12), disponiendo en su disposición primera la supresión, con efectos de 30 de junio de 2012, de los Institutos de Educación Secundaria Santa Teresa de Jesús, código 35002959, y Tomás Morales, código 35002947, y en su disposición tercera la creación, con efectos de 1 de julio de 2012, de un Instituto de Educación Secundaria en Las Palmas de Gran Canaria, código 35014482, por fusión de los Institutos de Educación Secundaria Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Conforme establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4.5.06), en su artículo 22, apartado 4, corresponde a las Administraciones Educativas regular las medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas.

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto de 2006), respecto a las atribuciones de la Dirección General de Personal, se encuentra en el apartado a) "Planificar, dirigir, controlar y coordinar la gestión del personal docente no universitario en centros públicos" y en el apartado h) "Iniciar y resolver procedimientos para la provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios en centros públicos, con carácter definitivo".

Tercero.- Según el Decreto 59/2012, de 20 de junio, por el que se crean por fusión un instituto de educación secundaria y varios colegios de educación infantil y primaria y se integra el alumnado procedente de diversos centros de educación infantil y primaria, en las islas de Gran Canaria, La Palma y Tenerife, a partir del curso escolar 2012/2013 (BOC nº 127, de 29.6.12), especialmente en lo que se refiere a las siguientes disposiciones:

"Primero.- Se suprimen con efectos de 30 de junio de 2012 los siguientes centros educativos:

- Instituto de Educación Secundaria Santa Teresa de Jesús, código 35002959, sito en Paseo de Tomás Morales, 39, 35003- Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria.

- Instituto de Educación Secundaria Tomás Morales, código 35002947, sito en Paseo de Tomás Morales 37-A, 35003-Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria".

"Tercero.- Se crea, con efectos de 1 de julio de 2012, un Instituto de Educación Secundaria en Las Palmas de Gran Canaria, código 35014482, sito en Paseo de Tomás Morales, 37-A, 35003-Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, con 30 grupos y 955 puestos escolares, por fusión de los Institutos de Educación Secundaria Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales, en el mismo término municipal".

"Sexto.- De conformidad con lo establecido en el Decreto 54/1999, de 8 de abril, por el que se establecen normas sobre procedimientos de provisión de plazas para funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, al personal docente le será de aplicación lo establecido en la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los criterios de ordenación del personal docente con destino definitivo en los centros públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes".

"Noveno.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para adoptar cuantas medidas sean necesaria para garantizar el cumplimiento del presente Decreto".

Cuarto.- El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos (BOE nº 263, de 30.10.10), indica en su anexo I, apartado 1.1, que en el caso de supresión de la plaza o puesto que se venía desempeñando con carácter definitivo, se considerará en su participación en los concursos de traslados como centro desde el que se participa, el último servido con carácter definitivo.

Quinto.- De acuerdo con la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular, sus condiciones y requisitos, y se establecen las normas aplicables a los concursos de traslados que se convoquen para funcionarias y funcionarios de los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a la ordenación del personal docente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 157, de 11.8.10), que en su artículo 14.1 "situaciones que pueden dar lugar a la modificación de destino", establece, entre otras, la de la fusión, que se refiere a la creación de un centro nuevo a partir de dos o más existentes, los cuales se extinguen, y en el mismo artículo, punto 2, que el personal implicado quedará adscrito con carácter definitivo al nuevo centro, manteniendo todos los efectos de antigüedad que poseían en el centro de origen.

Visto el artículo 13 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aprobado por Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, de conformidad con la previsión contenida en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14.7.11), el Decreto 207/2011, de 12 de julio, de nombramiento del Director General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad (BOC n° 138, de 14.7.11) y el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC de 16 de septiembre), esta Dirección General

R E S U E L V O:

Primero.- Adjudicar nuevo destino definitivo, con efectos de 1 de julio de 2012, al personal funcionario de carrera afectado por la supresión de los Institutos de Enseñanza Secundaria Santa Teresa de Jesús y Tomás Morales y la creación, por fusión de aquellos, de un nuevo Instituto en Las Palmas de Gran Canaria, código 35014482, y que figura en el anexo de esta Resolución.

Segundo.- El personal adscrito al nuevo centro, código 35014482, mantendrá a todos los efectos la antigüedad que poseía en el IES Santa Teresa de Jesús o en el IES Tomás Morales, respectivamente.

Tercero.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de 2012.- El Director General de Personal, Carlos Quesada Frigolet.

Ver anexo en las páginas 22952-22953 del documento Descargar

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