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BOC Nº 215. Viernes 2 de Noviembre de 2012 - 5441

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5441 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 23 de octubre de 2012, de la Directora, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 18 de octubre de 2012, de la Presidenta, que aprueba la convocatoria y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigidas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad. Convocatoria 2012.

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BOC-A-2012-215-5441. Firma electrónica - Descargar

Por Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 18 de octubre de 2012 se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigidas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad. Convocatoria 2012 (BOC nº 208, de 23.10.12).

En el resuelvo séptimo de la convocatoria se establece que el plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de concesión será de tres meses contados a partir del día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

El artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento.

Con el objeto de cumplir con los plazos del procedimiento, teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio presupuestario, los distintos trámites administrativos necesarios para la resolución del expediente que quedan por realizar, así como, razones de interés público, dado los altos índices de desempleo, es necesario aplicar, al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 18 de octubre de 2012, la tramitación de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

En el resuelvo octavo de la citada Resolución de 18 de octubre de 2012, se delega en la Dirección del Servicio Canario de Empleo la Resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de la presente Resolución y otorgarle la facultad para dictar cuantas Resoluciones se precisen en aplicación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud y en uso de las competencias que tengo legal y reglamentariamente atribuidas y en concordancia con las demás de preceptiva aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 18 de octubre de 2012, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigidas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad. Convocatoria 2012 (BOC nº 208, de 23.10.12).

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con la indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno, según el artº. 50.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de octubre de 2012.- La Directora, Dominica Fernández Fernández.

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