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BOC-A-2012-213-5380.
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No habiéndose podido notificar a Dña. Olivia Dolores Melián López y a Dña. Tenesoya Santana Reyes y a D. Ladislao Abreu Ortiz, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), las Resoluciones del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 11 de septiembre de 2012 sobre el expediente sancionador S-068/12, seguido a Dña. Olivia Dolores Melián López y de fecha 12 de septiembre de 2012 sobre el expediente sancionador S-071/12, seguido a Dña. Tenesoya Santana Reyes y D. Ladislao Abreu Ortiz, tramitados en este Instituto, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser partes interesadas, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo,
ANUNCIO
- Notificar a Dña. Olivia Dolores Melián López la Resolución de fecha 11 de septiembre de 2012, dictada en el expediente sancionador S-068/12, instruido por infracción del artº. 83.ñ) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-068/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.ñ) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra Dña. Olivia Dolores Melián López."
- Notificar a Dña. Tenesoya Santana Reyes y a D. Ladislao Abreu Ortiz la Resolución de fecha 12 de septiembre de 2012, dictada en el expediente sancionador S-071/12, instruido por infracción del artº. 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"Incoar procedimiento sancionador S-071/12, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.q) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra Dña. Tenesoya Santana Reyes y D. Ladislao Abreu Ortiz."
- Por otra parte, en las citadas resoluciones, y en su parte dispositiva, se acuerda lo siguiente:
"Asimismo se nombra Instructor y Secretaria del mismo a D. Edgar Montesdeoca García y Dña. María Carmen Ríos Agraso, respectivamente, siendo su régimen de recusación el contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Comuníquese este Acuerdo de iniciación al Sr. Instructor del procedimiento con traslado de las actuaciones y notifíquese simultáneamente a los interesados; advirtiéndoles que queda puesto de manifiesto el expediente y que de no efectuar alegaciones al contenido del presente Acuerdo este podrá ser considerado como Propuesta de Resolución a los efectos previstos en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, así mismo se hace saber que conforme a lo establecido en el artículo 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto de 1993), los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse."
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2012.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.
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