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BOC Nº 211. Viernes 26 de Octubre de 2012 - 5306

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

5306 Dirección General de Personal.- Resolución de 18 de septiembre de 2012, por la que se modifica la Resolución de 26 de mayo de 2011, que hace pública la adjudicación definitiva de destinos entre funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros participantes en el concurso de traslados convocado por Resolución de esta Dirección General de 18 de noviembre de 2010 (BOC nº 108, de 2.6.11).

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BOC-A-2012-211-5306. Firma electrónica - Descargar

Una vez resueltos los recursos potestativos de reposición interpuestos contra la Resolución de esta Dirección General de Personal de 26 de mayo de 2011, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos entre funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros participantes en el concurso de traslados convocado por Resolución de esta Dirección General de 18 de noviembre de 2010 (BOC nº 108, de 2.6.11), procede modificar dicha Resolución como consecuencia de la estimación de recursos presentados, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de esta Dirección General de Personal de 18 de noviembre de 2010, se convoca concurso de traslados para las funcionarias y los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 230, de 22.11.10).

Segundo.- Mediante Resolución de esta Dirección General de Personal de 11 de mayo de 2011, número de registro 884/2011, se publica en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en la página Web de la entonces denominada Consejería de Educación, Cultura y Deportes, las vacantes definitivas en centros de Enseñanza Secundaria y de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, de Artes Plásticas y Diseño, Conservatorios de Música, Centros de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Especial y de la Inspección Educativas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Por Resolución de esta Dirección General de Personal de 26 de mayo de 2011, se pública la adjudicación definitiva de destinos entre funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros participantes en el concurso de traslados convocado por Resolución de la Dirección General de 18 de noviembre de 2010 (BOC nº 108, de 2.6.11).

Cuarto.- Contra la precitada Resolución de 26 de mayo de 2011 se presentan recursos de reposición que, previo los correspondientes trámites de audiencia a los interesados, se resolvieron y comunicaron individualmente, quedando pendiente proceder a la publicación de los nuevos destinos definitivos obtenidos y de las situaciones administrativas que como consecuencia de estas estimaciones se han originado.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4.5.06).

Segundo.- La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOC nº 89, de 13.4.07).

Tercero.- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellas disposiciones no derogadas por el Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 185, de 3.8.84).

Cuarto.- La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, en su redacción actual (BOC nº 40, de 3.5.87).

Quinto.- El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos (BOE nº 263, de 30.10.10), que indica en el artículo 19.5 que los recursos que se presenten contra las resoluciones definitivas se deberán dirigir y ser resueltos por la Administración educativa a la que pertenezca la plaza objeto del recurso.

Sexto.- La Orden EDU/2842/2010, de 2 de noviembre, por la que se establecen normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que, deben convocarse durante el curso 2010/2011, para personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación que imparte las enseñanzas escolares del sistema educativo y de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de Inspectores de Educación (BOE nº 268, de 5.11.10), que, igualmente, indica en su disposición décima que los recursos contra las resoluciones definitivas deberán dirigirse y ser resueltos por la Administración educativa a la que pertenezca la plaza objeto del recurso.

Séptimo.- La Resolución de la Dirección General de Personal de 18 de noviembre de 2010, por la que se convoca concurso de traslados para las funcionarias y los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 230, de 22.11.10), que establece en su disposición decimosexta, apartado 16.4 que: "en el supuesto de que, una vez publicada la adjudicación definitiva de destinos, se deba producir el desplazamiento de profesores con destino definitivo, afectados por la estimación de un recurso o resolución administrativa o por la ejecución de una sentencia, el funcionariado afectado quedará en situación de provisionalidad, con la condición de suprimido hasta tanto obtenga nuevo destino definitivo por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo legalmente establecido".

Octavo.- La Resolución de la Dirección General de Personal de 26 de mayo de 2011, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos entre funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros participantes en el concurso de traslados convocado por Resolución de la Dirección General de 18 de noviembre de 2010 (BOC nº 108, de 2.6.11), que indica que contra la misma podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal.

Visto el artículo 13 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aprobado por Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, de conformidad con la previsión contenida en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14.7.11), el Decreto 207/2011, de 12 de julio, de nombramiento del Director General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad (BOC n° 138, de 14.7.11) y el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC de 16 de septiembre), esta Dirección General,

R E S U E L V E:

Primero.- Modificar, como consecuencia de la estimación de los recursos de reposición presentados, la Resolución de 26 de mayo de 2011 por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos entre funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros participantes en el concurso de traslados convocado por Resolución de esta Dirección General de 18 de noviembre de 2010.

Segundo.- Publicar los destinos definitivos adjudicados por estimación de recursos a los funcionarios del Cuerpo de Maestros que se relacionan en el anexo I.

Tercero.- Declarar que los funcionarios del Cuerpo de Maestros que figuran en el anexo II quedan en situación de provisionalidad, con la condición de suprimido hasta tanto obtengan nuevo destino definitivo por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo legalmente establecido. Dichos funcionarios deberán participar en todos los procedimientos de provisión que se convoquen, pudiendo ejercer el derecho preferente a centro y a localidad, considerándose como centro desde el que se participa el último servido con carácter definitivo.

Cuarto.- Determinar que los efectos de los destinos definitivos adjudicados y de la condición de suprimido de los funcionarios afectados es a partir del día 1 de septiembre de 2011.

Quinto.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 2012.- El Director General de Personal, Carlos Quesada Frigolet.

Ver anexo en las páginas 21780-21780 del documento Descargar

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