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BOC Nº 209. Miércoles 24 de Octubre de 2012 - 5258

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

5258 EDICTO de 5 de septiembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0001661/2010.

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BOC-A-2012-209-5258. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Cristina Maldonado Concepción, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos de procedimiento ordinario 1661/2010, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a cuatro de septiembre de dos mil doce.

Vistos por Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número 1661/10, promovidos por la Procuradora Sra. Padrón García, en nombre y representación de Banque Psa Finance Holding, Sucursal en España, bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Santana González, contra Dña. Leysa Jolimar Castro Oropeza, declarada en situación procesal de rebeldía, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, con base en los siguientes

..."

"...

FALLO

1º) Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Banque Psa Finance Holding, Sucursal en España contra Dña. Leysa Jolimar Castro Oropeza.

2º) Se condena a la demandada a abonar a la entidad actora la suma de 14.544,52 -catorce mil quinientos cuarenta y cuatro con cincuenta y dos- euros, más intereses pactados.

3º) Téngase en cuenta, en fase de cumplimiento voluntario o forzoso de la sentencia, el pago parcial efectuado por la demandada con posterioridad a la interposición de la demanda, por importe de 3.500 -tres mil quinientos- euros.

4º) Las costas procesales se imponen a la demandada.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, que deberá interponerse por escrito ante este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, y exigirá la constitución de un depósito, mediante ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado, por importe de cincuenta euros.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

..."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Leysa Jolimar Castro Oropeza, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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