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BOC Nº 209. Miércoles 24 de Octubre de 2012 - 5257

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria

5257 EDICTO de 25 de septiembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000468/2010.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a doce de diciembre de dos mil once.

D. Miguel Palomino Cerro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad identificados con el número 468/2010, promovidos por Cerámica, Grifería y Sanitarios, S.A., representada por la Procuradora doña Juana Agustina García Santana y defendida por la Letrada doña María del Carmen Quintana Janina, contra Nespereira Macía y Asociados, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, en nombre de Su Majestad El Rey dicta la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Cerámica, Grifería y Sanitarios, S.A. debo condenar y condeno a Nespereira Macía y Asociados, S.L. al pago a la actora de la suma de veintiséis mil doscientos sesenta y nueve euros con ochenta y dos céntimos (26.269,82), más los intereses legales devengados por dicha suma desde la interposición del proceso monitorio, haciendo expresa imposición del pago de las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de veinte días a contar desde la fecha de su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta 3546 0000 02 0468 10.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Nespereira Macía y Asociados, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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