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BOC Nº 208. Martes 23 de Octubre de 2012 - 5240

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V. ANUNCIOS - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5240 Dirección General de Ganadería.- Anuncio de 16 de octubre de 2012, por el que se da publicidad a la Resolución de 15 de octubre de 2012, de esta Dirección General, que resuelve definitivamente la convocatoria para el ejercicio 2012, de las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2011, de esta Consejería.

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BOC-A-2012-208-5240. Firma electrónica - Descargar

En cumplimiento de lo establecido en el apartado 1 del resuelvo séptimo de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 21 de diciembre de 2011 (BOC nº 255, de 30.12.11), por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones para la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones y su certificación externa, se procede a publicar la resolución de concesión que se transcribe a continuación:

"Resolución de 15 de octubre de 2012, de la Dirección General de Ganadería, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria para el ejercicio 2012, de las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2011, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

Visto el expediente de subvenciones de referencia, y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de esta Consejería de 21 de diciembre de 2011 (BOC nº 255, de 30.12.11), se convocan anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, modificada por Orden de 10 de septiembre de 2012 de esta Consejería.

Segundo.- A la citada convocatoria se destinaron finalmente créditos por importe total de 28.374,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.11.412C. 470.00 L.A.: 13.4010.01 "Mejora Calidad Productos Lácteos (MAPA)", de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2012, tras minorar la dotación presupuestaria de la línea financiada por la Administración General del Estado, esto es la L.A.: 13.4010.01 "Mejora Calidad Productos Lácteos (MAPA)", pasando de doscientos mil (200.000,00) euros a veintiocho mil trescientos setenta y cuatro (28.374,00) euros y a eliminar la dotación presupuestaria 02713L02 "Mejora Calidad Productos Lácteos (MAPA)", como consecuencia de la aplicación de la regla quinta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, tal y como queda reflejado en la Orden de esta Consejería de 10 de septiembre de 2012 (BOC nº 188, de 25.9.12), por la que se modifica el apartado 1 del resuelvo tercero de la Orden de esta Consejería de 21 de diciembre de 2011 (BOC nº 255, de 30.12.11), que convoca anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre.

Tercero.- Mediante anuncio de 1 de octubre de 2012 (BOC nº 198, de 9.10.12), se notifica la Propuesta de Resolución Provisional de 28 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Ganadería, por la que se conceden provisionalmente las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2011 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 255, de 30.12.11).

Cuarto.- Todos los beneficiarios contemplados en el anexo I de la propuesta de Resolución provisional de la subvención, presentaron en tiempo y forma la aceptación expresa de las subvenciones concedidas.

Quinto.- Con fecha 11 de octubre de 2012, se emite informe propuesta de resolución de concesión por parte del Servicio de Sanidad Animal y Laboratorio de las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2011 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 255, de 30.12.11).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es el Director General de Ganadería, en virtud de lo dispuesto en el resuelvo décimo de la Orden de esta Consejería de 21 de diciembre de 2011 (BOC nº 255, de 30.12.11), por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre, que delega en el titular de dicho Centro Directivo la resolución de la convocatoria.

Segundo.- La presente Resolución de concesión se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y en las bases reguladoras que rigen la presente convocatoria.

Visto el Informe del Servicio de Sanidad Animal y Laboratorio, y los demás preceptos legales de aplicación, y en uso de las competencias que me han sido delegadas,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las subvenciones a los peticionarios y entidades relacionadas en el anexo I de la presente Resolución, por el importe y para las actuaciones previstas en el mismo, correspondientes al porcentaje sobre los presupuestos aprobados allí indicados.

Segundo.- El importe total de dichas subvenciones asciende a la cantidad de veintiocho mil trescientos setenta y cuatro (28.374,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.11.412C. 470.00 L.A.: 13.4010.01 "Mejora Calidad Productos Lácteos (MAPA)", de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2012.

Tercero.- Dar por desistidas las solicitudes de subvención contenidas en el anexo II por los motivos que se consignan en el mismo.

Cuarto.- Constituir una lista de reserva con los peticionarios relacionados en el anexo III que aun reuniendo los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria, no han resultado beneficiarios de la subvención por haberse agotado la dotación presupuestaria asignada a la convocatoria.

Quinto.- Para el abono de la subvención concedida, el beneficiario deberá haber realizado la conducta objeto de subvención como máximo el 2 de noviembre 2012, y sin necesidad de requerimiento previo, comunicar a esta Consejería la realización de la misma, acompañada de la documentación justificativa establecida en el resuelvo octavo de la citada Orden de 21 de diciembre, como máximo el 12 de noviembre de 2012, condición a la cual queda igualmente sujeta la efectividad de la subvención concedida:

Transcurrido el plazo de justificación establecido en el apartado anterior, sin haberse presentado ante el órgano concedente la documentación justificativa exigida en el resuelvo octavo este requerirá, dentro de los cinco días siguientes, al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada la misma. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará consigo la no exigibilidad de la subvención concedida, la exigencia del reintegro en el supuesto de que se hubiera producido un abono anticipado y las demás responsabilidades establecidas en la normativa aplicable. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que correspondan.

Sexto.- Los beneficiarios de las subvenciones que se convocan están sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo los beneficiarios están obligados a cumplir con lo establecido en el apartado l) del artículo 10 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Séptimo.- No será exigible el abono de la ayuda o procederá su reintegro cuando concurra alguno de los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Octavo.- Dará lugar a la modificación de la resolución de concesión, siempre que no se dañen derechos de terceros y sin que en ningún caso pueda variarse el destino o la finalidad de la subvención, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 20 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Noveno.- A todos los efectos se estará a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 21 de diciembre de 2011 (BOC nº 255, de 30.12.11), por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones destinadas a la implantación de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche cruda producida y recogida en las explotaciones, y su certificación externa, previstas en el Real Decreto 1589/2009, de 16 de octubre y a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en su normativa básica, y al Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en todo aquello que no se oponga o contradiga la normativa básica de las anteriores normas.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 10 del resuelvo séptimo de la Orden de convocatoria, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, con la advertencia de que la misma pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2012.- El Director General de Ganadería, Juan Pedro Dávila de León."

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2012.- El Director General de Ganadería, Juan Pedro Dávila de León.

Ver anexo en las páginas 21621-21623 del documento Descargar

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