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BOC-A-2012-205-5171.
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Mediante Resolución de 11 de octubre de 2010, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información se aprobaron con vigencia indefinida las bases que rigen las convocatorias de ayudas del programa de formación del personal investigador, cofinanciadas con Fondo Social (BOC nº 206, de 19 de octubre de 2010).
Mediante Resolución de 29 de febrero de 2012, del Director (BOC nº 52, de 14.3.12) se convocan las mencionadas ayudas a la formación del personal investigador para la realización de estancias breves en España y en el extranjero, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo para el año 2012, modificada por Resolución posterior nº 354, de fecha 5 de octubre de 2012 que amplía el plazo de concesión.
Conforme al apartado 2) de la misma "Importe de las ayudas y dotación presupuestaria", el importe total destinado a esta convocatoria será de noventa mil (90.000,00) euros que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 06.20. 463B. P.I.L.A. 97718301 "Formación Personal Investigador", con la cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE) recogido en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2007-2013, dentro del Eje 3 Tema Prioritario 74, en una cuota del 85%. Los subconceptos económicos se determinarán en la fase de compromiso de gasto y abono en función de los centros de investigación a los que se adscriban los beneficiarios, de conformidad con la base 3.8.
El artículo 14.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que "excepcionalmente, la convocatoria podrá prever, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, un incremento de la misma, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. En este supuesto, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".
En este sentido, el segundo párrafo al apartado 2) de la mencionada Resolución de convocatoria, tras su modificación por Resolución nº 354, de fecha 5 de octubre de 2012, establece que "El crédito asignado a esta convocatoria se podrá incrementar conforme a lo previsto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin que su aplicación a la concesión de subvenciones requiera una nueva convocatoria, ni implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".
En este momento la gestión de la anualidad 2012 de las convocatorias de Formación de Personal Investigador, para la realización de Tesis Doctorales correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, ha visto minorado su compromiso de gasto para este ejercicio en 165.870,82 euros, con cargo a la misma partida presupuestaria, por lo que existe crédito adecuado y suficiente en 2012 para afrontar un incremento en la dotación económica asignada a la convocatoria, lo que permitirá contemplar una mayor cuantía de solicitudes a financiar en la concesión.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que se me delegan en el Decreto 183/2011, de 15 de septiembre, del Presidente, por el que se delegan competencias en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (BOC nº 193, de 29 de septiembre de 2011)
R E S U E L V O:
Primero.- Incrementar en ciento sesenta y cinco mil ochocientos setenta euros con ochenta y dos céntimos (165.870,82 euros) el crédito asignado en la Resolución de 29 de febrero de 2012, del Director, por la que se convocan las mencionadas ayudas a la formación del personal investigador para la realización de estancias breves en España y en el extranjero, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo para el año 2012 (BOC nº 52, de 14.3.12), con cargo a la partida presupuestaria 06.20. 463B. P.I.L.A. 97718301 "Formación Personal Investigador", con la cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE) recogido en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2007-2013, dentro del Eje 3 Tema Prioritario 74, en una cuota del 85%.
Segundo.- Notifíquese la presente Resolución a través de su inserción en el Boletín Oficial de Canarias, y sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.- Patricia Escobar Díaz, Jefe de Servicio de Apoyo a la Investigación.
Esta es mi propuesta, no obstante V.I. acordará.
RESOLUCIÓN
Aceptada la anterior propuesta, se resuelve conforme a la misma.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, significándosele que de interponer recurso potestativo de reposición no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimatorio por silencio administrativo en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otro recurso que estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de octubre de 2012.- El Presidente, p.d., el Director (Decreto 183/2011, de 15 de septiembre, BOC nº 193), Juan Ruiz Alzola.
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