Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 199. Miércoles 10 de Octubre de 2012 - 5012

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

5012 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 25 de septiembre de 2012, relativo a notificación de oficio a Dña. Agoney Vázquez García.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 6 Kb.
BOC-A-2012-199-5012. Firma electrónica-Descargar

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), al no haberse podido practicar la notificación personal a la interesada, se procede a notificar el oficio dirigido a Dña. Agoney Vázquez García, cuyo tenor literal es el que se inserta a continuación:

"Con fecha 5 de mayo de 2011 ha tenido entrada en esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, escrito (N/R 477068 RECD 105633) en el que usted solicita devolución de las tasas académicas abonadas en concepto de prueba para acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior en el Instituto de Educación Secundaria de La Laguna por importe de 6 euros. Se observa, que no ha remitido los siguientes documentos necesarios para tramitar la devolución de tasas académicas, documentos que deberá enviar a la mayor brevedad:

1º.- La instancia enviada está a nombre de usted, por lo que deberá enviar fotocopia compulsada del D.N.I. así como acreditación bancaria a su nombre, ya que la acreditación bancaria que usted ha enviado está a nombre de sus padres o bien solamente deberá remitir nueva instancia a nombre de uno de los padres (con fotocopia del D.N.I. compulsado).

2º.- El modelo 700 que ha remitido carece de la compulsa, por lo que, deberá remitirlo nuevamente compulsado por el Instituto de Educación Secundaria de La Laguna.

3º.- Deberá remitir certificado del Instituto de Enseñanza Secundaria en el que se acredite que no se pudo presentar a la prueba de acceso por no cumplir los requisitos exigidos expuestos en la instancia.

Se reitera escrito enviado a usted el día 19 de mayo de 2011 (N/R 292.057 EDSG 52702) relativo a solicitud de devolución de tasas académicas de usted, abonadas en concepto de prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior en el Instituto de Educación Secundaria de La Laguna.

En relación con su solicitud de devolución de tasas académicas abonadas en concepto de prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior en el Instituto de Educación Secundaria Obligatoria de La Laguna, se remitió a usted escrito el día 21 de septiembre de 2011 (N/R 514.239 RECD82698), solicitando documentación.

En tal sentido se informa, que dado que no se ha realizado el trámite correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes.

Devuelto por la oficina de Correos, escrito remitido a usted el día 27 de enero de 2012 (N/R 45423 EDSG 6930), se envía nuevamente, en relación con su expediente de devolución de tasas académicas abonadas en el Instituto de Enseñanza Secundaria de La Laguna."

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de septiembre de 2012.-La Secretaria General Técnica, Blanca Méndez Sánchez.

© Gobierno de Canarias