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BOC Nº 197. Lunes 8 de Octubre de 2012 - 4936

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4936 ORDEN de 3 de octubre de 2012, por la que acuerda la tramitación de urgencia para la convocatoria para el año 2011, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables según Orden de 28 de diciembre de 2011, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

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BOC-A-2012-197-4936. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Viceconsejería de Industria y Energía, por el que se acuerda la tramitación de urgencia para la convocatoria para el año 2011, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables según Orden de 28 de diciembre de 2011.

Vista la iniciativa formulada por la Viceconsejera de Industria y Energía.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Se publica la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

Segundo.- Con fecha de 30 de diciembre de 2011, se publica la Orden de 28 de diciembre de 2011, por la que se efectúa convocatoria para el año 2011, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

Tercero.- Los créditos asignados a esta convocatoria están asociados parcialmente al Convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación de la Energía y la Consejería de Empleo, Industria y Comercio para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Energías Renovables para 2011.

De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula tercera del Convenio, los pagos a efectuar por parte de la Comunidad Autónoma en relación con los compromisos adquiridos en base a este Convenio, deberán estar liquidados con anterioridad al 31 de octubre de 2012.

Cuarto.- Con fecha 10 de julio de 2012 se solicitó prórroga para la ejecución y justificación de las actuaciones contenidas en el Plan de Trabajo aprobado por IDAE con fecha 22 de noviembre de 2011, referente al Convenio de Colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Energías Renovables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, firmado con fecha 13 de octubre de 2011.

Con fecha 18 de julio de 2012, se recibió en nuestras dependencias escrito de IDAE de 11 de julio de 2012, comunicando que el Consejo de Administración de IDAE había acordado la no concesión de las prórrogas solicitadas.

Quinto.- Con fecha 14 de septiembre de 2012 se solicitó de nuevo prórroga para la ejecución y justificación de las actuaciones citadas.

Con fecha 19 de septiembre de 2012, se recibió en nuestras dependencias correo electrónico de IDAE, comunicando que su intención es no conceder las prórrogas solicitadas para liquidar los compromisos adquiridos correspondientes al ejercicio 2011.

Sexto.- Según lo dispuesto en la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, la actual coyuntura económica y social en que se desenvuelve la economía Canaria exige la adopción de medidas tendentes a la reducción del gasto público y al incremento de la eficiencia en la prestación de servicios por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en distintos ámbitos, es por ello que ante la necesidad de garantizar la sostenibilidad de los gastos públicos, en una situación de crisis económica como la actual han de adoptarse medidas que garanticen el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y dado que se ha de justificar la ejecución del gasto de la convocatoria antes de 31 de octubre de 2011, procede acordar la tramitación de urgencia de la convocatoria según la citada Orden de 28 de diciembre de 2011. A la vista de la no concesión de la prórroga solicitada, y teniendo en cuenta el corto espacio de tiempo de que se dispone para la ejecución y la justificación de las actuaciones, se considera necesario acordar reducir el tiempo de realización de los trámites.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- El artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estipula que cuando por razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

III. R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la tramitación de urgencia de la convocatoria para el año 2011, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables según Orden de 28 de diciembre de 2011, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

Disposición Adicional Única.- Para lo no previsto en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición final Única.- Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2012.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Margarita Isabel Ramos Quintana.

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