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BOC Nº 196. Viernes 5 de Octubre de 2012 - 4918

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

4918 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 5 de septiembre de 2012, de la Secretaria, relativo a notificación a D. Germán Alemán Quevedo, de la Resolución de 28 de mayo de 2012, por la que se declara la finalización del procedimiento administrativo por desistimiento de solicitud de calificación provisional y archivo del expediente nº 35-AA-0034/2007-002.

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BOC-A-2012-196-4918. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido notificar a D. Germán Alemán Quevedo, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), la Resolución de fecha 28 de mayo de 2012, por la que se declara la finalización del procedimiento administrativo, por desistimiento de solicitud de Calificación Provisional y Archivo del expediente número 35-AA-0034/2007-002, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo.

ANUNCIO

Notificar a D. Germán Alemán Quevedo la Resolución, de fecha 28 de mayo de 2012, por la que se declara la finalización del procedimiento administrativo, por desistimiento de solicitud de Calificación Provisional y Archivo del expediente 35-AA-0034/2007-002, dictando lo siguiente:

Único.- Acceder al desistimiento y proceder al archivo del expediente de Autoconstrucción de Vivienda promovido por D. Germán Alemán Quevedo, en Rubén Darío, s/n, término municipal de Agüimes, en el expediente nº 35-AA-0034/2007-002, de conformidad con los artículos 71, párrafo primero, 42 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber subsanado el interesado las deficiencias apreciadas en su solicitud dentro del plazo legal conferido, con advertencia expresa de tenerle por desistido de no atender el requerimiento.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante la Excma. Sra. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, y en concordancia con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 2012.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.

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