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BOC Nº 195. Jueves 4 de Octubre de 2012 - 4879

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Instrucción nº 1 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 6) de San Bartolomé de Tirajana

4879 EDICTO de 11 de mayo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000846/2010.

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BOC-A-2012-195-4879. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. María de las Nieves Domínguez Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de Instrucción nº 1 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 6) de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 11 de mayo de 2012.

Vistos por Juan Alejandro Vallino Gutiérrez, Juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 1 (Antiguo Primera Instancia e Instrucción nº 6) de San Bartolomé de Tirajana y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 846/2010, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Margarita García González en nombre y representación de Dña. Hannelore Sophia Berta Hülseberg, asistida del Letrado D. José Antonio Pérez Alonso contra la parte demandada Herencia Yacente de don Bernhard Albert Thiesies, que fue declarado en rebeldía, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, y vistos los siguientes;

FALLO

Que desestimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Margarita García González en nombre y representación de Dña. Hannelore Sophia Berta Hülseberg, contra la parte demandada Herencia Yacente de don Bernhard Albert Thiesies, que fue declarado en rebeldía, debo declarar y declaro que la demandada adeuda a la actora la cantidad de treinta y ocho mil doscientos setenta euros con noventa y seis céntimos (38.270,96 euros), sin hacer pronunciamientos sobre costas procesales.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LEC).

Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la admisión del recurso precisará que, al interponerse el mismo si se trata de resoluciones interlocutorias, a la presentación del recurso de queja, al presentar la demanda de rescisión de sentencia firme en la rebeldía y revisión, o al anunciarse o prepararse el mismo en los demás casos, se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre del Juzgado o del Tribunal, la cantidad objeto de depósito, lo que deberá ser acreditado.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Herencia Yacente de D. Bernhard Albert Thiesies, expido y libro el presente en San Bartolmé de Tirajana, a 11 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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