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BOC-A-2012-177-4500.
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D./Dña. Raquel Casanova López, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
D./Dña. María del Pilar Barrado Liesa, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana.
En San Bartolomé de Tirajana, a 13 de febrero de 2012.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero.- Por el Procurador D./Dña. Ana María Rodríguez Romero, en nombre y representación de D./Dña. Miguel Suárez Peña, se ha solicitado la declaración de divorcio de su matrimonio con D./Dña. Belia Aliuska Chacón Hernández por el procedimiento establecido en el artículo 770 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, no habiendo contestado la demandada, se procedió a su declaración en rebeldía por diligencia de ordenación de 19 de enero de 2012, y señalándose para el acto de la vista para el día 9 de febrero de 2012, la cual fue notificada a la demandada por edictos.
FALLO
Se concede el divorcio del matrimonio celebrado en Santa Lucía de Tirajana, el día 23 de mayo de 2008 formado por D./Dña. Miguel Suárez Peña y D./Dña. Belia Aliuska Chacón Hernández.
No es necesario la adopción de medida alguna en cuanto a los hijos y bienes del matrimonio por no existir.
No ha lugar a la imposición de costas.
Esta sentencia es firme en cuanto a la declaración de divorcio. Procédase a su inscripción en el registro civil de Santa Lucía de Tirajana.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en San Bartolomé de Tirajana, a 13 de febrero de 2012.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Belia Aliuska Chacón Hernández, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 26 de marzo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
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