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BOC Nº 170. Jueves 30 de Agosto de 2012 - 4381

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

4381 Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.- Resolución de 23 de agosto de 2012, de la Secretaría General, por la que se convocan cursos de prevención de riesgos laborales dirigidos al personal del Servicio Canario de la Salud, para el último cuatrimestre de 2012, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 22 de marzo de 2010.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 21 de septiembre de 2005 (BOE de 19.11.05) se suscribe por las Administraciones Públicas y las Organizaciones Sindicales representadas en la Comisión General para la Formación Continua, el IV Acuerdo de la Formación Continua en las Administraciones Públicas, modificado mediante Resolución de 14 de noviembre de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOE de 24.11.07).

Segundo.- Mediante Orden APU/53/2008, de 10 de enero (BOE de 23.1.08), se aprueban las bases reguladoras para el desarrollo de Planes de Formación en el marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

Tercero.- Mediante Resolución de 8 de junio de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (BOE de 17.6.10), que modifica el vigente IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005, así como modifica y prorroga su vigencia con carácter indefinido.

La formación para el empleo de las Administraciones Públicas constituida por el conjunto de instrumentos y acciones tiene por objeto, en el marco del presente Acuerdo, impulsar y extender entre las Administraciones Públicas y sus empleados una formación que corresponde a sus necesidades.

Cuarto.- Con fecha 16 de febrero de 2012 se aprueba por la Comisión Territorial de Formación Continua, la propuesta del Plan de Formación Continuada del año 2012 para el personal del Servicio Canario de la Salud y de la Viceconsejería de Políticas Sociales e Inmigración, presentada por la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, conteniendo las propuestas de necesidades formativas formuladas a través del Servicio Canario de la Salud y de la Viceconsejería de Políticas Sociales e Inmigración, resultando aprobado el Plan de Formación Continua para el año 2012 en su totalidad, condicionado a adaptar el número de ediciones de cada uno de los cursos a los fondos asignados efectivamente a esta Escuela.

Quinto.- El Consejo de Administración de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, en su sesión del día 17 de febrero de 2012, aprobó el Plan de Formación Continuada para el año 2012, diseñado inicialmente con el presupuesto con el que se ha contado el pasado ejercicio y condicionado a que, de asignarse un crédito diferente, el Plan se ajustaría teniendo en cuenta los criterios utilizados para su elaboración.

En este sentido, se ha reajustado el Plan y periodificado en dos fases, que se corresponden con los dos últimos cuatrimestres de 2012, partiendo de la dotación provisional acordada por la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en su reunión del 22 de marzo de 2012, habiéndose publicado la primera convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias del día 4 de junio de 2012.

Sexto.- Una vez aprobados los Presupuestos Generales del Estado, y comunicada oficialmente a esta Escuela, la dotación económica para el resto del ejercicio de 2012, procede llevar a cabo la convocatoria para el último cuatrimestre del presente año.

En todo caso y de conformidad con lo previsto en la disposición adicional vigésimo octava de la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012, la presente convocatoria queda condicionada a la efectiva disponibilidad de los fondos correspondientes procedentes del Estado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 1/1993, de 26 de marzo, de creación y regulación de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, establece en su artº. 1.2.a) que su objeto consiste en la formación de personal para la gestión y la administración de los servicios sanitarios y sociales, así como la promoción de la salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias; añadiendo su artículo 2.a) que desarrollará la elaboración y ejecución de los planes y programas de formación, reciclaje y perfeccionamiento de los profesionales de la salud, de la gestión y administración sanitaria y de los servicios sanitarios. Su artículo 4 establece además que "La Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales actuará en coordinación con el Instituto Canario de la Administración Pública en las actividades de selección, formación y perfeccionamiento que realice".

Segundo.- El artículo 9.3.a) del Decreto 5/1994, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, faculta a la Dirección para aprobar los cursos de formación y perfeccionamiento de los profesionales de la salud, de la gestión y administración sanitaria y de los servicios sanitarios y sociales directamente dependientes de las Administraciones Públicas Canarias o vinculadas a ellas, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece el marco regulador de las condiciones de trabajo, protegiendo la seguridad y la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo que realizan. La citada Ley y sus disposiciones de desarrollo tienen vocación de universalidad e integración, lo cual, en el ámbito de las Administraciones Públicas ha de plasmarse en considerar la prevención de los riesgos derivados del trabajo como una actuación única, indiferenciada y coordinada que ha de llegar a todos los empleados públicos al servicio de la Administración, sin distinción del régimen jurídico que rija su actividad. Lo que se traduce en una planificación de la actividad preventiva integral e integrada en el conjunto de actividades y decisiones de las Administraciones Públicas.

El artículo 8 del Decreto 168/2009, de 29 de diciembre, de adaptación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos autónomos, establece que los servicios de prevención de riesgos laborales proporcionarán a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, en sus respectivos ámbitos de actuación, el asesoramiento y apoyo que precisen, en función de los tipos de riesgos existentes en cada uno de esos ámbitos y, particularmente, en lo que se refiere a la información y formación de los empleados públicos.

El artículo 12 del citado Decreto establece que "los titulares de los órganos de los que dependen los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales dictarán las instrucciones precisas en materia de prevención de riesgos laborales". Y añade en el segundo párrafo: "Las Secretarías Generales Técnicas en el ámbito de su Departamento correspondiente y en el de los Organismos Autónomos dependientes del mismo y la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia adoptarán las medidas necesarias y velarán por el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de los riesgos laborales en su ámbito de competencias".

En este sentido, la competencia corresponde pues a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad, Centro Directivo en la que se integra el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Sanidad, cuyo ámbito de actuación es el personal propio que presta servicios en la Consejería de Sanidad y sus Organismos Autónomos.

Cuarto.- De acuerdo con el artº. 9 de la Ley 1/1993, de 26 de marzo, de creación y regulación de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, en la redacción aprobada por la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (BOC nº 124, de 26.6.12), corresponde al Secretario General de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, entre otras funciones, la dirección de la Escuela y la ejecución de los planes, programas, acuerdos y convenios aprobados por el Consejo de Administración.

En base a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 22 de marzo de 2010 (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005), para el último cuatrimestre del año 2012, los cursos de prevención de riesgos laborales dirigidos al personal del Servicio Canario de la Salud, de la Consejería de Sanidad, aprobados por la Comisión Territorial para la Formación Continua en sesión de 16 de febrero de 2012 y por el Consejo de Administración de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias en fecha 17 de febrero, que a continuación se indican y con las características que se señalan en el anexo I de esta Resolución:

FORMACIÓN PRESENCIAL Y ON LINE

COD. DENOMINACIÓN DEL CURSO

FC.03 HABILIDADES EN LA GESTIÓN DEL MANDO (LIDERAZGO)

FC.04 MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

FC.05 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO IN ITÍNERE (ON-LINE)

FC.06 PREVENCIÓN DE RIESGO EN OFICINAS Y DESPACHOS (ON-LINE)

FC.07 PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES: ESTRÉS, SÍNDROME DEL QUEMADO O "BURNOUT", ACOSO LABORAL

FC.08 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y PLANES DE EMERGENCIA

FC.09 RIESGO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

FC.10 PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA EJERCIDA POR PACIENTES Y USUARIOS CONTRA EL PERSONAL SANITARIO

Segundo.- Aprobar las siguientes bases para la presente convocatoria.

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

Podrá solicitar la asistencia a los cursos convocados el personal del Servicio Canario de la Salud que reúna los requisitos exigidos en cada curso.

Segunda.- Solicitudes.

Quienes deseen participar en los cursos programados, deberán presentar solicitud según modelo que se acompaña como anexo II a esta Resolución, a través de la aplicación informática para la tramitación de solicitudes disponible en la página web principal de la ESSSCAN https://www.essscan.es. En el supuesto de carecer de los medios que permitan el acceso al sistema informático establecido al efecto, excepcionalmente, se podrá tramitar la solicitud a través del Registro de las oficinas de la ESSSCAN sitas en calle José de Zárate y Penichet, 4º F, 38001-Santa Cruz de Tenerife, y en calle Padre José Anchieta Sosa, 22, 1ª planta (Edificio-ICAP-ESSSCAN), 35001-Las Palmas de Gran Canaria, o enviar mediante fax, a los números (922) 922742 y (928) 117278.

Deberá utilizarse exclusivamente una sola de las modalidades de remisión de solicitudes previstas en este apartado. En el caso de encontrarse solicitudes de una misma persona recibidas por más de una modalidad de remisión, se considerará exclusivamente la recibida a través de Internet y, en su defecto, la recibida por fax. Deberán los interesados consignar claramente todos los datos que figuran en la solicitud, haciendo constar que son ciertos y pudiendo ser requeridos documentalmente.

Teniendo los interesados que consignar claramente el nombre y código del curso que solicita, según el anexo I, y todos sus datos personales y administrativos, así como las funciones desempeñadas en su puesto de trabajo actual.

Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, hasta dos meses antes de la fecha de celebración de cada curso, excepto para aquellos que comiencen en los meses de septiembre y octubre, que será de diez días naturales.

En los cursos en los que solo conste el mes o la quincena de celebración, se entenderá como día a efecto de cómputo del plazo, el día primero de los mismos. Y en aquellos en los que no conste la fecha de celebración, el plazo de presentación será de un mes a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarta.- Causas de inadmisión de la solicitud.

1. No ajustarse al modelo aprobado en la convocatoria.

2. No pertenecer el solicitante al grupo de destinatarios al que se dirige el curso.

3. No rellenar adecuadamente la solicitud

4. La omisión, inexactitud o no coincidencia de la realidad con los datos consignados.

Quinta.- Calendario.

Los cursos se desarrollarán con la duración y las fechas señaladas o las que en cada caso se notifiquen a los admitidos.

Cuando las necesidades o el número de solicitudes así lo aconsejen, podrá realizarse una nueva edición de cada uno de ellos en el año 2012, comunicándoselo a los interesados.

Sexta.- Selección de los participantes.

La selección, o en su caso designación, de los empleados públicos que hayan presentado solicitudes en la ESSSCAN, se realizará por las Gerencias o Direcciones de Área, previa coordinación con el servicio de prevención de riesgos laborales de Sanidad, comunicándose posteriormente a la ESSSCAN. En el caso de que no sea posible, la ESSSCAN seleccionará a los alumnos según solicitudes recibidas.

Séptima.- Admisión.

La ESSSCAN comunicará la admisión a los empleados públicos seleccionados o designados por las Gerencias o Direcciones de Área. Dicha comunicación se efectuará en el correo electrónico reseñado en la solicitud, por lo que es imprescindible que los alumnos indiquen el mismo obligatoriamente.

Quedarán desestimadas aquellas solicitudes en las que no recaiga comunicación expresa de admisión.

Podrán admitirse, con los mismos derechos y deberes, a los solicitantes que presten sus servicios en otras Administraciones Públicas en esta Comunidad Autónoma cuando no se cubran las plazas con el personal del Servicio Canario de la Salud.

Octava.- Derechos de inscripción.

Los cursos convocados por la presente Resolución son de carácter gratuito, al estar financiados íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 22 de marzo de 2010.

Las obligaciones de contenido económico que contraiga la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias con terceros quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presente ejercicio para hacer frente a los gastos que de esta convocatoria se deriven, previa materialización de la transferencia de los fondos asignados a esta Escuela.

Novena.- Certificado de asistencia o aprovechamiento.

En los cursos de modalidad Presencial se otorgará certificado de asistencia a los alumnos que participen con regularidad en los cursos y hayan estado presentes, como regla general, durante el 85 por ciento de sus horas lectivas. Cualquier porcentaje de inasistencia, superior al 15 por 100 de las horas lectivas programadas, aunque se produzca por causa justificada, imposibilitará la expedición del mismo.

En los cursos de corta duración (inferior a 10 horas) el porcentaje de inasistencia máximo admitido se reduce a un 5 por ciento.

En los cursos de modalidad Online se otorgará certificado de asistencia a los alumnos que:

* Accedan como mínimo al 80 por ciento de los contenidos de cada uno de los temas y/o módulos de que conste el curso,

* Realicen todas las actividades propuestas por el tutor y/o director del curso, y

* Superen las pruebas o trabajos establecidos en el curso.

Para aquellos alumnos que opten por un certificado de aprovechamiento, la ESSSCAN, de acuerdo con los profesores, establecerá el régimen de pruebas o la presentación de los trabajos prácticos que consideren oportunos para acreditar el conocimiento de las materias objeto de los cursos, siempre que se comunique con antelación a la fecha de celebración del mismo.

Décima.- Cláusula de modificación.

El desarrollo de los cursos o su contenido podrá ser modificado por la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias para adaptarlo a las necesidades de la Administración y aquellas contingencias que puedan surgir.

Undécima.- Información adicional.

Se podrá solicitar información adicional en las oficinas de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias o llamando a los teléfonos (922) 922730 y (928) 117255.

Asimismo, se podrá ampliar información accediendo a la página web de esta Escuela en la dirección: https://www.essscan.es.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de agosto de 2012.- El Secretario General, Antonio Aguiar Díaz.

A N E X O I

FORMACIÓN PRESENCIAL

HABILIDADES EN LA GESTIÓN DEL MANDO

Ediciones: 3.

Código:

Tenerife: FC. PRL.03.01 TF

Gran Canaria: FC. PRL. 03.02 GC

Fuerteventura: FC. PRL. 03. 05 FUE

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 10 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife, octubre de 2012.

Gran Canaria, octubre de 2012.

Fuerteventura, noviembre de 2012.

MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

Ediciones: 5.

Código:

Tenerife: FC. PRL.04.01 TF

La Palma: FC. PRL. 04.03 LPA

La Gomera: FC. PRL. 04. 07 GOM

Gran Canaria: FC. PRL. 04.02 GC

Fuerteventura: FC. PRL. 04. 05 FUE

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 5 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife: octubre.

La Palma: septiembre.

La Gomera: octubre.

Gran Canaria: septiembre.

Fuerteventura: noviembre.

PREVENCIÓN DE ACCIDENTES IN ITÍNERE

Ediciones: 1.

Código:

ON-LINE: FC. PRL.05.

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 3 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Todas las islas: octubre.

PREVENCIÓN DE RIESGO EN OFICINAS Y DESPACHOS

Ediciones: 1.

Código:

ON-LINE: FC. PRL.06.

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 3 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Todas las islas: noviembre.

PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES: ESTRÉS, SÍNDROME DEL QUEMADO O "BURNOUT", ACOSO LABORAL

Ediciones: 4.

Código:

Tenerife: FC. PRL.07.01 TF

La Palma: FC. PRL. 07.03 LPA

Gran Canaria: FC. PRL. 07.02 GC

Lanzarote: FC. PRL. 07.04 LNZ

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 5 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife: noviembre.

La Palma: noviembre.

Gran Canaria: noviembre.

Lanzarote: noviembre.

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y PLANES DE EMERGENCIA

Ediciones: 4.

Código:

Tenerife: FC. PRL.08.01 TF

La Palma: FC. PRL. 08.03 LPA

La Gomera: FC. PRL. 08. 07 GOM

Gran Canaria: FC. PRL. 08.02 GC

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 5 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife: octubre.

La Palma: noviembre.

La Gomera: octubre.

Gran Canaria: noviembre.

RIESGOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

Ediciones: 5.

Código:

Tenerife: FC. PRL.09.01 TF

Hierro: FC. PRL.09.06 HIE

Gran Canaria: FC. PRL. 09.02 GC

Lanzarote: FC. PRL. 09.04 LNZ

La Gomera: FC. PRL. 09.07 GOM

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 4 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife: noviembre.

El Hierro: noviembre.

Gran Canaria: noviembre.

Lanzarote: octubre.

La Gomera: septiembre.

PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA EJERCIDA POR PACIENTES Y USUARIOS CONTRA EL PERSONAL SANITARIO

Ediciones: 5.

Código:

Tenerife: FC. PRL.10.01 TF

La Palma: FC. PRL. 10.03 LPA

Gran Canaria: FC. PRL. 10.02 GC

Lanzarote: FC. PRL. 10.04 LNZ

Fuerteventura: FC. PRL. 10. 05 FUE

Destinatarios: personal del Servicio Canario de la Salud.

Número de plazas: 25 por edición.

Duración: 7 horas por edición.

Lugar y fecha de celebración:

Tenerife: octubre.

La Palma: noviembre.

Gran Canaria: septiembre.

Lanzarote: noviembre.

Fuerteventura: noviembre.

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