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BOC Nº 155. Miércoles 8 de Agosto de 2012 - 4060

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

4060 EDICTO de 23 de abril de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000957/2011.

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BOC-A-2012-155-4060. Firma electrónica-Descargar

Dña. María Visitación Rengifo Olea, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 23 de abril de 2012.

Vistos por la Ilma. Sr./Sra. D./Dña. Laura Casañas Villalba, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona los presentes autos de Juicio verbal, nº 0000957/2011 seguido entre partes, de una como demandante Liberty Seguros, S.A., dirigido por el Letrado D. Antonio Iboleón Cabrera y representado por el Procurador D. Ángel Oliva-Tristán Fernández y de otra como demandada D. Nunzio Giannico, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO.- Se estima la demanda interpuesta por D. Ángel Oliva Tristán Fernández en nombre y representación de Liberty Seguros, S.A. contra D. Nunzio Giannico.

Se condena al demandado al pago de la cantidad de 1.820 euros e intereses legales desde la reclamación extrajudicial de fecha de 20 de enero de 2009.

Se condena al demandado al pago de las costas.

La presente resolución es firme y contra la misma no cabe recurso de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Nunzio Giannico, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 23 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

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