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BOC Nº 153. Lunes 6 de Agosto de 2012 - 4009

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

4009 ORDEN de 16 de julio de 2012, por la que se modifica la base décima de la Orden de 11 de abril de 2012 y se resuelve el concurso, para el ejercicio 2012, para otorgar una beca destinada a realizar prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica.

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BOC-A-2012-153-4009. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea para la concesión de una beca destinada a realizar prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Órdenes de 11 de abril de 2012, del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad (BOC nº 93, de 11.5.12), se aprueban las bases y se convoca, para el ejercicio 2012, concurso para otorgar una beca destinada a realizar prácticas en la delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica.

Segundo.- Mediante Resolución nº 12, de 11 de junio de 2012, del Director General de Asuntos Económicos con la Unión Europea, se acuerda la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos a la convocatoria.

Tercero.- Constituido el tribunal previsto en la base séptima de la Orden de 11 de abril de 2012, por la que se aprueban las bases para otorgar una beca destinada a realizar prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica, y reunido en sesiones celebradas los días 11 y 14 de junio de 2012, para valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos y celebrar las pruebas de idiomas previstas en el apartado B) de la base octava de la Orden de convocatoria respectivamente, se confeccionó una lista, tal y como prevé el apartado 2 de la base novena, con las notas finales resultantes de sumar la nota de la fase de méritos y la de las pruebas de idiomas. La lista con la nota final de cada candidato, ordenados de mayor a menor puntuación, queda como sigue:

- Ojeda Sadhwani, Lilian.

- Benítez Trujillo, Atteneri Nabila.

- Ramírez Melián, María del Carmen.

- Alzola Ibarra, Begoña.

- Mesa Socas, Lucía Candelaria.

- Lugo Umpiérrez, Dácil María.

- Saavedra Oxelgren, Annika Isabel.

- Acosta Alonso, Héctor.

- Mcgourty, Sarah Elise.

En consecuencia, el tribunal, en su acta de 14 de junio, propuso la concesión de la beca a la siguiente persona:

- Ojeda Sadhwani, Lilian.

Asimismo, propuso, para el supuesto de que la beneficiaria renunciase a la beca, a los siguientes candidatos suplentes por orden de preferencia en función de la puntuación:

- Benítez Trujillo, Atteneri Nabila.

- Ramírez Melián, María del Carmen.

- Alzola Ibarra, Begoña.

- Mesa Socas, Lucía Candelaria.

- Lugo Umpiérrez, Dácil María.

- Saavedra Oxelgren, Annika Isabel.

- Acosta Alonso, Héctor.

- Mcgourty, Sarah Elise.

Cuarto.- La Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea ha procedido a la verificación, previa autorización por parte del beneficiario, de que el candidato se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, de la Comunidad Autónoma y de la Seguridad Social, como requisito previo para que se pueda proceder al abono de la beca, de conformidad con lo dispuesto en el apartado b de la base décima de la Orden de 11 de abril de 2011.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, son órganos competentes para conceder subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- La base novena, apartado 3, de la Orden de 11 de abril de 2012, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de la beca dispone que en el plazo de treinta días hábiles desde la publicación de la lista con la nota final de cada candidato, ordenados de mayor a menor puntuación, la Dirección General de Asuntos Económicos con la UE elevará propuesta al Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, que resolverá la convocatoria en el plazo máximo de 15 días hábiles, a favor del candidato con mayor puntuación obtenida. El resto de candidatos que han superado el procedimiento de selección podrán ser nombrados candidatos suplentes.

Tercera.- A partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de la Seguridad Social, las empresas y Administraciones Públicas están obligadas a dar de alta a los becarios en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, y, en consecuencia, la referida normativa es de aplicación a la presente convocatoria, de tal forma que con cargo a la dotación presupuestaria de dicha beca se deberá proceder al pago efectivo de las correspondientes cotizaciones mensuales a la Seguridad Social, que son obligatorias tanto para la institución como para el becario, detrayéndose el coste de la Seguridad Social con cargo a la empresa del importe total de la beca a conceder, y sin perjuicio de otros descuentos o deducciones que, en su caso, pudieran corresponder. A tal efecto, procede delegar en la Secretaría General Técnica de este departamento, órgano competente para la gestión de las nóminas y seguros sociales, el reconocimiento de las obligaciones necesarias para el abono de la beca.

Cuarta.- Por todo lo anteriormente expuesto, procede avocar para este expediente la delegación aprobada por Orden de fecha 9 de febrero de 2012 (BOC nº 36, de 21 de febrero), por la que se delega en los titulares de los Centros Directivos del departamento la competencia para "La resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva, así como cualquier otra forma de terminación de los procedimientos", y en virtud de la cual, correspondería al Director General de Asuntos Económicos con la Unión Europa resolver el concurso.

En su virtud, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Avocar la delegación de competencias aprobada por Orden de esta Consejería de fecha 9 de febrero de 2012 (BOC nº 36, de 21.2.12), en lo referente a la resolución del procedimiento de concesión de la beca destinada a realizar prácticas durante cinco meses en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, convocada mediante Orden departamental de fecha 11 de abril de 2012.

Segundo.- Modificar la letra a) de la base décima de la Orden de 11 de abril de 2012, por la que se aprueban las bases para otorgar una beca destinada a realizar prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica, que determina el pago de la beca y exención de garantías, estableciendo que "el importe íntegro de la beca, después de practicada la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y deducida la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, se abonará al beneficiario, una vez finalizado el proceso de selección y haya aceptado expresamente la beca, según las condiciones del apartado anterior. El coste de la Seguridad Social con cargo a la empresa, deberá ser imputado a la aplicación presupuestaria: 10.11.931B.480.00, línea de actuación 10406002 - "Becas de prácticas y cursos de perfeccionamiento en temas europeos". A tal efecto, el importe bruto de la beca a conceder queda fijado en 4.827,45 euros.

En la convocatoria de esta beca concurren circunstancias acreditadas de especial interés público que, de acuerdo con el artículo 37.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, permiten realizar pagos anticipados a beneficiarios que no dispongan de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada. Las razones de especial interés público se derivan del objeto de la beca, que es el de fomentar el conocimiento de una materia esencial entre los futuros profesionales canarios, como es el derecho de la Unión Europea y el proceso de integración europeo y, por otro lado, dicha beca está destinada a jóvenes que deberán desplazarse a Bélgica, con los gastos que ello supone".

Tercero.- Delegar en la Secretaria General Técnica de esta Consejería el reconocimiento de las obligaciones necesarias para el abono de la beca concedida, a imputar a la aplicación presupuestaria 10.11.931B.480.00, línea de actuación 10.4060.02 - Becas de prácticas y cursos de perfeccionamiento en temas europeos.

Cuarto.- Conceder una beca para realizar prácticas durante cinco meses en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica, a la siguiente candidata:

- Ojeda Sadhwani, Lilian.

Quinto.- De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la base novena de la mencionada Orden de 11 de abril de 2011, procede aprobar la lista de suplentes, estando integrada por los candidatos, ordenados de mayor a menor puntuación, siguientes:

- Benítez Trujillo, Atteneri Nabila.

- Ramírez Melián, María del Carmen.

- Alzola Ibarra, Begoña.

- Mesa Socas, Lucía Candelaria.

- Lugo Umpiérrez, Dácil María.

- Saavedra Oxelgren, Annika Isabel.

- Acosta Alonso, Héctor.

- Mcgourty, Sarah Elise.

Sexto.- La concesión de esta beca quedará condicionada a la aceptación por el beneficiario en el plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación de la presente Orden de concesión.

Séptimo.- Según la base primera de la Orden de bases de 11 de abril de 2012, la duración del período de prácticas será de cinco meses, debiendo desarrollarse las prácticas en su totalidad, o en su mayor parte, durante el año 2012.

Octavo.- El tiempo de realización de prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, Bélgica, no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Noveno.- El plazo de justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca será hasta el 31 de julio de 2013. A tal efecto, el beneficiario deberá presentar los siguientes documentos justificativos del cumplimiento de las condiciones impuestas:

- Una memoria de actuación justificativa sobre el proyecto realizado o sobre las labores desempeñadas durante el período de prácticas; en esta memoria se deben explicar con suficiente detalle las labores y la experiencia adquirida durante el período de prácticas. Asimismo, se adjuntará certificado de la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas en el que conste su valoración y conformidad con las labores realizadas por el becario durante el período de prácticas.

- Una relación clasificada de los gastos ocasionados durante la realización del período de prácticas. Asimismo, se deberán adjuntar y hacer constar en dicha relación, identificando el acreedor, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago, los documentos que se citan a continuación:

* documento o justificante que acredite el pago de los gastos de alojamiento (incluida la constitución de fianzas);

* facturas o documentos que acrediten la realización de viajes de ida y vuelta al lugar donde se realicen las prácticas (a lo largo del período de prácticas se podrá realizar, con cargo a la beca, un máximo de dos viajes de ida y vuelta entre Canarias y Bruselas);

- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

- En su caso, carta de pago de reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

Décimo.- La presente Orden habrá de ser notificada al beneficiario de la beca y publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o hasta tanto se produzca, en su caso, la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2012.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.

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