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BOC Nº 149. Martes 31 de Julio de 2012 - 3904

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma

3904 EDICTO de 19 de julio de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000021/2011.

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BOC-A-2012-149-3904. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. María Mercedes Herrera Fernández, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de La Palma, a once de julio de 2012.

Visto por Oscarina Inmaculada Naranjo García, magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma, los presentes autos de juicio verbal de divorcio nº 21/2012, seguidos a instancia de Milagros Elena Torres Pacheco, representada por el procurador José Manuel Sosvilla Luis, bajo la dirección legal de Sonia Pérez Ventura contra Alfredo González Gutiérrez, en situación legal de rebeldía procesal.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por Milagros Elena Torres Pacheco, representada por el procurador José Manuel Sosvilla Luis contra Alfredo González Gutiérrez, en situación legal de rebeldía procesal y se declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído por ambos cónyuges en Cuba el día 3 de mayo de 2007, sin imposición de las costas procesales.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio al Encargado del Registro Civil Central, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación que deberá prepararse en este Juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi Sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña Alfredo González Gutiérrez, expido y libro el presente en Santa Cruz de La Palma, a 19 de julio de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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