Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 5 Kb.
BOC-A-2012-147-3861.
Firma electrónica-Descargar
No habiéndose podido practicar la notificación en el domicilio conocido a Juan Pedro Rodríguez Rodríguez de la Resolución nº 110, de fecha 30 de enero de 2012, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada resolución.
R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a Juan Pedro Rodríguez Rodríguez, la Resolución nº 110, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 30 de enero de 2012, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción del Texto Refundido de la Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU-716/2007 (2007000103) y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Primero.- No acceder a la solicitud de suspensión de la recaudación del 60% de la multa impuesta a D. Juan Pedro Rodríguez Rodríguez (D.N.I. 41.963.794-H), por lo expuesto en el fundamento de derecho II de la presente resolución.
Segundo.- Notificar la presente resolución a los interesados.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo (de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Interpuesto recurso potestativo de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel."
Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de julio de 2012.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.
© Gobierno de Canarias