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BOC Nº 147. Viernes 27 de Julio de 2012 - 3852

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

3852 EDICTO de 29 de mayo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000912/2010.

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BOC-A-2012-147-3852. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. David Carralero Núñez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de marzo de 2012.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Juicio verbal, nº 0000912/2010 seguido entre partes, de una como demandante Dña. María del Carmen Villareal Hernández, dirigida por el Letrado D. Manuel J. González Gutiérrez representado por el Procurador D. José Alberto Poggio Morata y de otra como demandada D. Karl Schon Detlef, Dña. Patrocinio Fuentes Cobos y D. Jorge Juan Márquez Fuentes, sobre Recl. de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. José Alberto Poggio Morata en nombre de Dña. María del Carmen Villarreal Hernández, debo condenar y condeno a los demandados D. Karl Schon Detlef, Dña. Patrocinio Fuentes Cobos y D. Jorge Juan Márquez Fuentes, a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de 10.693,24 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la sentencia y con condena en costas.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, mediante escrito presentado en este Juzgado en el que deberán exponerse las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna para ante la Audiencia Provincial de esta capital haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, deberá constituirse depósito por importe de 50,00 euros en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, con el escrito de interposición del recurso de apelación, debiendo acreditarlo de forma fehaciente.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de marzo de 2012.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Karl Schon Detlef, Patrocinio Fuentes Cobos y Jorge Juan Márquez Fuentes, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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