Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 141. Jueves 19 de Julio de 2012 - 3713

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de La Orotava

3713 EDICTO de 7 de mayo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000340/2008.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 9 Kb.
BOC-A-2012-141-3713. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Elena Guerra Morales, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de La Orotava y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En la Villa de La Orotava, a 16 de mayo de 2011.

Vistos por mí, Rosa María Reyes González, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de La Orotava y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio ordinario, número 340/2008, entre partes, como demandante, la entidad, Sistemas Técnicos de Consumo, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales, don Rafael Hernández Herreros y asistida por el Letrado, don Segundo Pérez Pérez y, como demandada, doña María Ascensión Ramos Medina, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, don Rafael Hernández Herreros, en nombre y representación de la entidad, Sistemas Técnicos de Consumo, S.A., frente a doña María Ascensión Ramos Medina y, en consecuencia, se declara la resolución del contrato suscrito por ambas partes de fecha de 15 de marzo de 2007, relativo a la instalación y explotación de máquinas y cesión de derecho de exclusiva, condenándose a la misma a abonar la cuantía de cinco mil cuatrocientos ochenta y tres euros con ochenta y cuatro céntimos de euros (5.483,84 euros) más los intereses legales que hubiere devengado desde la fecha de su reclamación judicial (2 de mayo de 2008).

En materia de costas procesales, se condena a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y que se preparará en este juzgado.

Así por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Juez que la suscribe celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María Asunción Ramos Medina, expido y libro el presente en La Orotava, a 7 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

© Gobierno de Canarias