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BOC Nº 140. Miércoles 18 de Julio de 2012 - 3690

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

3690 ORDEN de 2 de julio de 2012, por la que se delega en el Viceconsejero de Pesca y Aguas, la competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones en relación con los bienes inmuebles denominados lonja de pescado y punto de primera venta, local social y casetas de pertrechos, construidos en la parcela donada por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana sita en El Castillo del Romeral.

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BOC-A-2012-140-3690. Firma electrónica-Descargar

Por Resolución de 27 de febrero de 2012, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, se dispuso afectar a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, una parcela de 1.624,81 m2, en el Castillo del Romeral, término municipal de San Bartolomé de Tirajana, pasando a ser un bien demanial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiendo mientras conserve esta condición, el ejercicio de las facultades de conservación, defensa y administración al departamento antes citado.

En cumplimiento de dicha resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Ley 6/2006, de 27 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, se firmó el acta de afectación de la citada parcela a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

Por otra parte, los bienes inmuebles construidos en dicha parcela, esto es, una lonja de pescado (número de activo fijo 1102856), un local social (número de activo fijo 1102857) y diversas casetas de pertrechos (número de activo fijo 1102858), han sido incorporados al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El artículo 75 de la Ley 6/2006, de 27 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones que no venga específicamente determinada por norma con rango de Ley, corresponde al titular de la consejería o del organismo público a la que se encuentren adscritos los bienes. En consecuencia, la citada competencia la ostenta el titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en conexión con lo previsto en el artículo 3.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 40/2012, de 17 de mayo.

Circunstancias de índole técnica, de eficacia y de celeridad aconsejan delegar en el titular de la Viceconsejería de Pesca y Aguas, las competencias atribuidas al titular del departamento por el artículo 75 de la Ley de Patrimonio de Canarias como quiera que los bienes construidos tienen carácter demanial y están destinados a dar servicio al sector pesquero.

La delegación de competencias, a la que se hace referencia en el párrafo anterior, debe publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo expuesto, al amparo del artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, así como del artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el titular de la Viceconsejería de Pescas y Aguas, las competencias para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones en relación con los bienes inmuebles (lonja de pescado, local social y casetas de pertrechos), construidos en la parcela situada en el Castillo del Romeral, término municipal de San Bartolomé de Tirajana.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente delegación surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de julio de 2012.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Juan Ramón Hernández Gómez.

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