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BOC-A-2012-130-3442.
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Dña. Inmaculada Monllor Gisbert, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de junio de 2012.
La Ilma. Sra. Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Ocho de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 1000/2011, promovidos por Dña. Tamara Brito Torres, representada por la Procuradora Dña. Raquel Guerra López y bajo la dirección de la Letrada Dña. Katya Lorena Ruiz Casal, y siendo demandado D. Walter Carabali Micolta, en rebeldía en el procedimiento.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Raquel Guerra López, en nombre y representación de Dña. Tamara Brito Torres, contra D. Walter Carabali Micolta, en rebeldía en el procedimiento, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Walter Carabali Micolta, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 14 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.
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