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BOC-A-2012-127-3388.
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Habiéndose intentado por dos veces, mediante carta certificada con acuse de recibo, la notificación a los beneficiarios, relacionados en el anexo I, de las Resoluciones que ponen fin al procedimiento de reintegro, por las ayudas concedidas para reparar los daños en producciones e infraestructuras en el sector agrario por los incendios acaecidos en Canarias, al amparo de lo establecido en el Decreto 326/2007, previstos en la Orden de 12 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, sin que haya sido posible practicarlas, por causas no imputables a esta Administración Pública, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede notificar las citadas Resoluciones, así como exigir los derechos económicos de naturaleza pública no tributaria a favor de esta Administración Pública por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio y en el Boletín Oficial de Canarias, no obstante, apreciando que el contenido de las mismas pueda lesionar derechos e intereses legítimos de los interesados, en aplicación del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, prevé que cuando el órgano competente aprecie que la notificación por medio de anuncios o la publicación lesione derechos o intereses legítimos, se limitará a publicar en el Diario Oficial una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del acto y constancia de tal conocimiento,
R E S U E L V O:
Primero.- Por el presente anuncio se cita a los interesados, o sus representantes, relacionados en el anexo I, con el fin de notificarles por comparecencia el texto íntegro de las Resoluciones que ponen fin al procedimiento de reintegro y se exigen los Derechos económicos de naturaleza pública no tributaria a favor de esta Administración Pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y dejar constancia en el expediente de tal conocimiento.
Segundo.- A tal efecto los beneficiarios, o sus representantes debidamente acreditados, deberán personarse en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en las dependencias de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, de Santa Cruz de Tenerife, Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edificio de Usos Múltiples II, 3ª planta, o en Las Palmas de Gran Canaria, en la Avenida José Ramírez Bethencourt, nº 22, Edificio Jinámar, 1ª planta, en horario de lunes a viernes de 8 a 14 horas.
Se advierte que transcurrido dicho plazo de 10 días sin que hayan comparecido para su notificación de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo sus efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecencia.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de junio de 2012.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez.
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