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BOC Nº 123. Lunes 25 de Junio de 2012 - 3248

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

3248 Viceconsejería de Agricultura y Ganadería.- Anuncio de 11 de junio de 2012, por el que se da publicidad a la Resolución de 11 de junio de 2012, de esta Viceconsejería, que requiere documentación a los interesados de las subvenciones, para el ejercicio 2012, destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.

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BOC-A-2012-123-3248. Firma electrónica-Descargar

De conformidad con lo establecido en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), y dadas razones de interés público apreciadas por este órgano competente, por la presente comunicación se procede a dar publicidad a la Resolución nº 421, de fecha 11 de junio de 2012, de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, para requerir documentación a los interesados de las subvenciones, para el ejercicio 2012, destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.

Asimismo, el artículo 59.6, letra a), de la mencionada Ley, establece que cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, la publicación, en este último caso, será adicional a la notificación efectuada, supuesto que concurre en el presente caso.

En su virtud, procede dar publicidad a la Resolución que se transcribe a continuación:

"Resolución de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, para requerir documentación a los interesados de las subvenciones, para el ejercicio 2012, destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.

Examinados los expedientes de referencia, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 12 de abril de 2012 (BOC nº 79, de 23.4.12), se convocan para el ejercicio de 2012, las subvenciones destinadas a apoyar a las asociaciones profesionales agrarias de Canarias previstas en las bases reguladoras aprobadas por Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 148, de 29.7.10).

Segundo.- Posteriormente, examinadas las solicitudes se constata que algunas de las mismas no se acompañan de la documentación preceptiva prevista en el resuelvo tercero de la Orden de convocatoria, y en el artículo 3, apartado 2, de las bases reguladoras, siendo necesario requerir a los interesados a fin de que subsanen o completen los documentos o datos que deban presentarse.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas convocadas por la Orden de 12 de abril de 2012, en virtud de lo establecido en el artículo 9, apartado 1 de las bases reguladoras, corresponde al centro directivo competente en materia de asociacionismo agrario. Por tanto, en virtud de ello del examen de las solicitudes presentadas para determinar si se acompañan de la documentación preceptiva exigida por las bases de la convocatoria y sus bases reguladoras. En caso contrario, el citado órgano requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane o complete los documentos o datos que deban presentarse, con la advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo I de esta Resolución para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución de requerimiento de documentación en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen o completen los documentos o datos que se detallan en el mencionado anexo, conforme a la codificación contemplada en el anexo II, con la advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dicte en los términos del artículo 42 de la citada Ley.

Segundo.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 2012.- El Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, Alonso Arroyo Hodgson."

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 2012.- El Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, Alonso Arroyo Hodgson.

Ver anexo en las páginas 11752-11753 del documento Descargar

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