BOC - 2012/122. Viernes 22 de Junio de 2012 - 3205

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

3205 - EDICTO de 22 de marzo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de guarda, cust. y alimentos menores no consensuado nº 0000706/2010.

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D. Francisco Javier Fernández Blanco, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En Arona, a 16 de marzo de 2012.

Vistos por mí, Rosa María Reyes González, Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de Arona y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio verbal 706/2010, sobre guarda, custodia y alimentos de hijos comunes; entre partes, como demandante, don Juan Siverio León, representado por el Procurador de los Tribunales, don Francisco González Pérez y asistido por la Letrada, doña Déborah Acosta Ramos y como demandada, doña Michele Louise Southern, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía."

"FALLO

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, don Francisco González Pérez, en nombre y representación de don Juan Siverio León frente a doña Michele Louise Southem y, en consecuencia, se adoptan las siguientes medidas:

1.- Se atribuye la guarda y custodia del hijo común de la pareja, al progenitor paterno, atribuyéndose, con carácter exclusivo, su ejercicio, a dicho progenitor;

2.- Dña. Michele Louise Southem podrá comunicar con su hijo menor conforme al siguiente régimen:

- comunicaciones supervisadas en el Punto de Encuentro de las Veredillas. sito en la Calle Las Loas, número 9, Las Veredillas, Santa Cruz de Tenerife, en la modalidad de visitas supervisadas, dos días a la semana durante dos horas, cada día y por el tiempo que estime necesario dicha institución para que la comunicación se realice de manera ordinaria. Una vez que se emita dicho informe favorable, el régimen de visitas, en defecto de acuerdo, consistirá en un día intersemanal, fijándose en los miércoles de cada semana, desde la salida del colegio hasta las 19:30 horas, debiendo efectuarse la entrega en el domicilio paterno así como fines de semana alternos, desde el viernes, a la salida del colegio del menor hasta las 19:30 horas del domingo, realizándose la entrega en el domicilio paterno. En cuanto a los períodos de vacaciones escolares, Navidad, Semana Santa y verano, se dividirán por mitad correspondiéndole al padre elegir los años pares y a la madre, los impares. En todo caso, respecto al régimen de visitas a través del Punto de Encuentro, ambos progenitores deberán sujetarse a las normas de organización del citado centro, poniéndose en contacto, con carácter previo al inicio de las visitas, con dicha institución, llamando al número de teléfono (922) 615099, fax (922) 623960 o email: familiascararius@gmail.com.

3.- En materia de pensión de alimentos, doña Michele Louise Southern deberá satisfacer el importe de 150 euros mensuales, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que designare el progenitor paterno, actualizándose conforme a las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya; igualmente, la contribución al pago de la mitad de los gastos extraordinarios, entendiéndose por tales, los que, con carácter obligatorio, fijare el centro escolar y los médicos farmacéuticos no cubiertos por el seguro obligatorio.

Líbrese oficio al Punto de Encuentro, acompañando testimonio de la presente resolución, a fin de que se adopten las medidas oportunas para realizar el régimen de comunicación establecido, en su modalidad, de visitas supervisadas, el cual, iniciará su vigencia, una vez que la progenitora materna se ponga en contacto con dicha institución, comunicando tal circunstancia, al Juzgado.

Sin expreso pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así lo acuerdo. mando y firmo. Doy fe."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Michele Louise Southern, expido y libro el presente en Arona, a 22 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.



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