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BOC-A-2012-121-3183.
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D./Dña. Eduardo Simón Rojo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
Estimo la solicitud de la medida cautelar de anotación preventiva de demanda, solicitada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Isabel Navarro Gómez, en nombre y representación de Inmobiliaria Laguna Sur contra Nearco Tenerife, S.L., sobre la finca registral 39.759, inscrita en el Registro de la Propiedad de Arona, al tomo 1221, Libro 451, folio 124, con expresa imposición de las costas al demandado, previo abono del actor de la caución de 1.000 euros.
Notifíquese a las partes personadas, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días desde su notificación.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nearco Tenerife, S.L., y para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, expido y libro el presente en Arona, a 18 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
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