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BOC Nº 120. Miércoles 20 de Junio de 2012 - 3178

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V. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de San Bartolomé (Lanzarote)

3178 ANUNCIO de 9 de abril de 2012, por el que se somete al trámite de información pública y audiencia a los interesados la Modificación Puntual nº 47 de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé, en lo que respecta a los sectores de suelo urbanizable con destino residencial de San Bartolomé.

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BOC-A-2012-120-3178. Firma electrónica-Descargar

Expte. 28/2011-S.- Aprobada inicialmente por acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2012, la Modificación Puntual nº 47 de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé, en lo que respecta a los sectores de suelo urbanizable con destino residencial de San Bartolomé, se somete, junto con el expediente tramitado al efecto, al trámite de información pública y audiencia a los interesados por un plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la última publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o en el Boletín Oficial de Canarias durante el cual, cualquier persona física o jurídica, individual o colectivamente, podrá presentar por escrito alegaciones relativas al acierto, conveniencia, legalidad u oportunidad del instrumento de ordenación sometido a dicho trámite. En dicho plazo podrán examinar directamente la documentación y obtener copias, a su costa, sea en soporte papel o digital.

La modificación de la normativa urbanística recogida en esta modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de este municipio pretende cambiar determinaciones de ordenación pormenorizada, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

Se pone en conocimiento general que por aplicación del artículo 14.6 párrafo tercero del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 16 y 17 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, queda suspendido el otorgamiento de licencias en todos los suelos urbanizables con destino residencial en el municipio de San Bartolomé, por el plazo máximo de dos años a contar desde el día siguiente al de inserción del presente anuncio de suspensión de licencias, todo ello teniendo en cuenta que no ha habido suspensión previa.

Durante el citado plazo de información pública, los documentos aprobados y debidamente diligenciados, el expediente tramitado al efecto con su correspondiente índice, así como, varias copias del mismo, estarán a disposición de los ciudadanos y ciudadanas en la Oficina Técnica Municipal, sita en la plaza León y Castillo, s/n, de San Bartolomé, segunda planta, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas y los sábados del período de información pública en las dependencias del Registro Municipal de Entrada y Salida de documentos, en horario de 9 a 13 horas. Estarán a disposición de los ciudadanos y ciudadanas los propios técnicos de la Oficina, de lunes a viernes, estando a disposición de aquellos un auxiliar administrativo los sábados para proporcionar la información o aclaraciones que precisen.

Asimismo se pone en conocimiento de los ciudadanos y ciudadanas que durante el período de información pública, podrán obtener, a su costa, en formato papel una copia autenticada de la totalidad de los documentos aprobados y del expediente tramitado al efecto, en los servicios de reprografía Pejumae (calle Portugal, nº 28 de Arrecife), Centro Reprografía (calle Argentina, nº 17 de Arrecife) y Juanón (calle Río Grande, nº 4, Arrecife). Si se solicita en formato digital le será entregada en la oficina técnica municipal.

Igualmente podrá consultarse la citada modificación y el expediente tramitado al efecto, en la página web del ayuntamiento www.sanbartolome.es.

El indicado acuerdo de aprobación inicial por constituir un acto de trámite, no es susceptible de impugnación autónoma, conforme a lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 29.4 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, sin perjuicio del derecho a presentar alegaciones en el plazo indicado en el presente anuncio.

Contra el acuerdo de suspensión de licencias, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de la notificación de la presente resolución, o a su elección, formular directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses, computados a partir de la fecha de la notificación de la presente resolución.

En caso de que se interponga recurso de reposición, no podrá formularse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta. A partir de la fecha de la resolución expresa o presunta, el recurso contencioso-administrativo podrá interponerse en el plazo de dos meses a contar desde dicha fecha, todo ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que estime la asiste en derecho.

Asimismo, y de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 4/1999. Podrán instar del órgano administrativo que ha dictado el acto, la rectificación en cualquier momento de los errores materiales, de hecho o aritméticos en que aquel incurra.

Lo que se pone en conocimiento general en cumplimiento de los artículos 30 y siguientes y 83 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

San Bartolomé, a 9 de abril de 2012.- La Alcaldesa-Presidenta, María Dolores Corujo Berriel.

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