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BOC-A-2012-119-3142.
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De conformidad con lo previsto en el artº. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artº. 5 del Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, se hace público el acuerdo de iniciación del expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico a favor de La Villa de San Andrés en el término municipal de San Andrés y Sauces, mediante Decreto de la Presidencia del Cabildo Insular de La Palma nº 476, de fecha 29 de mayo y cuyos propietarios son los siguientes:
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Contra la publicación de esta resolución, al tratarse de un asunto de trámite, no caber interponer recurso alguno, dado que no supone la terminación del procedimiento administrativo, no impide la continuación de este, ni dará lugar a indefensión, pudiendo presentar los interesados alegaciones en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, haciendo constar en ellos la referencia: "BIC Sitio Histórico Villa de San Andrés".
Santa Cruz de La Palma, a 8 de junio de 2012.- La Consejera Delegada, María Victoria Hernández Pérez.
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