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BOC Nº 119. Martes 19 de Junio de 2012 - 3125

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde

3125 EDICTO de 24 de abril de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000264/2011.

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BOC-A-2012-119-3125. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Erika Toledo Ramírez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 23 de abril de 2012.

Vistos por D. Juan José Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres (antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Tres) de Telde y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario 264/2011 sobre acción de reclamación de cantidad, a instancia de "Miguel Torres Internacional, S.L.U.", representada por la Procuradora Sra. Ojeda Sosa y asistida de la Letrada Sra. Bravo de Laguna Ojeda (en sustitución de la Sra. Ribes Febles), contra la entidad mercantil "Gopasa, S.L.", ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo estimar la demanda formulada por la representación procesal de "Miguel Torres Internacional, S.L.U." contra la entidad mercantil "Gopasa, S.L.", y condenar a esta última a que abone a la actora la cantidad de 18.111 euros por el impago de las mercancías suministradas, y a la cantidad de 416,80 euros por los intereses de demora desde la fecha de entrega de las mercancías hasta la reclamación judicial de las mismas, y ello con los intereses legales devengados desde la presentación de la demanda, imponiéndole asimismo a la entidad demandada el pago de las costas causadas a la actora en este procedimiento, por ser así de justicia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días, previa la consignación establecida en la disposición adicional de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Gopasa, S.L., expido y libro el presente en Telde, a 24 de abril de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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