D. Francisco Javier Fernández Blanco, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 25 de abril de 2012.
Vistos por mí, Rosa María Reyes González, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Arona y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio ordinario 273/2008 sobre reclamación de cantidad, promovidos por la Comunidad de Propietarios del Edificio Oasis Dakota, representada por el Procurador de los Tribunales, doña María Isabel Navarro Gómez y asistida por el Letrado, don Daniel Luis Rodríguez y, como demandada, la entidad mercantil, Moceru, S.L., incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña María Isabel Navarro Gómez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio Oasis Dakota frente a la entidad mercantil, Moceru, S.L. y, en consecuencia, se le condena a abonar la cuantía de cinco mil ciento veintiún euros con setenta y dos céntimos de euro (5.121,72 euros) más el interés legal que dicha cantidad hubiere devengado desde la fecha de su reclamación judicial (27 de marzo de 2008).
Se condena en costas procesales a la demandada.
Líbrese testimonio de la presente el cual se llevará a los autos de su razón quedando el original en el presente libro. Notifíquese la sentencia a las partes personadas en el procedimiento.
Esta resolución no es firme, frente a la misma podrá interponerse recurso de apelación a resolver por la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Moceru, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 26 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
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