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BOC Nº 115. Miércoles 13 de Junio de 2012 - 3004

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3004 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 28 de mayo de 2012, del Director, por la que se conceden subvenciones de la convocatoria 2011 del Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de Jóvenes Desempleados "Dale una Experiencia Laboral" (período 2º ).

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BOC-A-2012-115-3004. Firma electrónica-Descargar

Examinadas las solicitudes de subvención presentadas por las entidades que figuran en el anexo I que acompaña a la presente resolución, al amparo de la Resolución nº 10/0043, de 21 de junio de 2010 (BOC nº 133, de 8.7.10), del Presidente, por la que se establece, en el marco del Plan Canarias Emplea, el programa de incentivos a la contratación laboral de jóvenes desempleados "Dale una experiencia laboral", así como de la Resolución nº 11/0022, de 16 de marzo de 2011(BOC nº 67, de 1.4.11) por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2011 del citado programa:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la citada Resolución de 21 de junio de 2010, se aprueba, en el marco del Plan Canarias Emplea, el programa de incentivos a la contratación laboral de jóvenes desempleados "Dale una experiencia laboral".

Segundo.- Con fecha 16 de marzo de 2011 y nº 11/0022, se dicta Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2011 de dicho programa.

Tercero.- Mediante Resolución nº 11/0156, de 30 de junio de 2011 se dicta Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se modifica la aplicación presupuestaria y el importe asignado a dicha convocatoria como consecuencia del "Acuerdo de Gobierno por el que se adoptan medidas para el impulso de la actividad económica, las políticas sociales y el cumplimiento del objetivo de estabilidad" de fecha 9 de junio de 2011.

Cuarto.- Con fecha 21 de septiembre y nº 11/10239 se dicta Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 197, de 5.10.11) por la que se conceden las subvenciones correspondientes al primer período de la citada convocatoria. Dichas concesiones supusieron un importe total de 32.140,00 euros, habiendo ascendido a 33.333,33 euros el importe asignado a cada uno de los tres períodos de la presente convocatoria; ello supone un importe sobrante en este primer período de la convocatoria de 1.193,33 euros.

Quinto.- El segundo plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria abierta se extendió hasta el 10 de septiembre de 2011, según lo consignado en el resuelvo 2º de la citada Resolución de 16 de marzo de 2011, habiéndose presentado las solicitudes que se recogen en el anexo I de la presente resolución.

Sexto.- La Subdirección de Empleo, como órgano competente para la instrucción del expediente, de acuerdo a lo establecido en la base 8ª de la citada Resolución de 21 de junio, ha realizado de oficio, todas las comprobaciones de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Con fecha 14 de noviembre de 2011, se reunió el órgano colegiado al que se refiere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 16.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, emitiendo informe en el que se concreta la evaluación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas.

En tal informe, se concluye que resulta necesario proceder a la baremación de las distintas solicitudes, por cuanto no existe crédito suficiente para atender a todas ellas, en ejercicio de la prevención contemplada al respecto en la citada base 8ª de la Resolución de 21 de junio; dado lo expuesto, se concreta en el mismo la evaluación y baremación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas, concretándose estas en los anexos I "Relación de entidades que presentan solicitud"; II "Relación de entidades beneficiarias, ordenadas de mayor a menor puntuación obtenida, hasta el límite del crédito existente"; III "Relación de entidades que constituyen la Lista de Reserva, por insuficiencia de crédito, ordenadas de mayor a menor puntuación obtenida"; y IV "Relación de entidades que no han resultado beneficiarias, por incumplimiento de alguno de los requisitos jurídico-formales exigidos".

Séptimo.- Con fecha 24 de noviembre de 2011 (BOC nº 239, de 5.12.11) se dicta Propuesta de Resolución Provisional del segundo período de esta convocatoria; en dicha propuesta se insta a las entidades provisionalmente beneficiarias a la presentación de la aceptación de la subvención provisionalmente concedida.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es el Director del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03).

Segundo.- La presente Resolución se dicta al amparo del artículo 18 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- El apartado 2.3 del resuelvo 2º de la citada Resolución de 16 de marzo del Presidente del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 67, de 1.4.11), por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2011 de dicho programa, señala lo siguiente:

"con las solicitudes estimadas que no pudieran atenderse con cargo al presupuesto del período respectivo, por haberse agotado este se constituirá una Lista de Reserva, acumulándose para ser resueltas conjuntamente con las del período siguiente, con las que concurrirán en régimen de igualdad".

"si a la finalización de uno de los períodos se hubieran concedido las subvenciones, y no se hubiera agotado el importe máximo a otorgar, según lo consignado anteriormente, se podrá trasladar la cantidad no aplicada al período inmediatamente posterior, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 59.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio".

En base a dichos preceptos y a lo expuesto en el antecedente de hecho cuarto de la presente resolución, dado el citado importe sobrante de 1.193,33 euros en el primer período de la presente convocatoria, la presente Resolución se dicta con cargo a los créditos consignados en la Aplicación 2012.50.01.241-H.470.00.00 PILA 15400901 "PIEC Fomento de la Empleabilidad de los Residentes en Canarias" por un importe de 34.526,66 euros.

Cuarto.- La concesión de la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y el Capítulo II del Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento ha sido observada la normativa de aplicación.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las subvenciones a las entidades relacionadas en el anexo II (relación baremada de entidades beneficiarias) de la presente resolución, con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.50.01.241-H.470.00.00 PILA 15400901 "PIEC Fomento de la Empleabilidad de los Residentes en Canarias".

Segundo.- No estimar las solicitudes de subvención contenidas en el anexo IV de la presente resolución, por los motivos que se consignan en dicho anexo.

Tercero.- Habiéndose producido modificaciones respecto al anexo II de la citada resolución provisional, de conformidad con el artículo 18 del citado Decreto 36/2099, instar a las entidades abajo reseñadas a la presentación de la aceptación de la subvención (anexo C) por los trabajadores contemplados en el anexo II de la presente resolución, trámite para el cual se establece un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma:

- Calzado Infantil Ortopédico (B76081572).

- Ingeniería y Consultoría Insular S.L. (B38703344).

- Hernández Alonso, Esteban (43624087X).

- Pricemesa S.L.U (B38954053).

- Sinforosa Quintana Naranjo (43241189Q).

- La Tasquita de Gáldar (J76006881).

Cuarto.- Dado que todas las contrataciones contempladas en el citado anexo II han ejecutado la duración en virtud de las cuales son objeto de concesión, conforme a lo establecido en las bases 6ª y 10ª del programa, ordenar, mediante un solo pago, el primer y segundo abono de las cuantías concedidas.

Quinto.- Declarar totalmente justificadas las concesiones de subvención contempladas en el anexo II de esta resolución.

Notificar la presente Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme lo previsto en los artículos 114 y 115 en relación con le artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 2012.- El Director, Manuel León Ortega.

Ver anexo en las páginas 10867-10875 del documento Descargar

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