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BOC-A-2012-114-2997.
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Las Corporaciones Locales que se relacionan a continuación han comunicado a esta Dirección General su intención de incoar procedimiento selectivo para proveer, con carácter interino, los puestos de trabajo siguientes:
- Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane: Puesto de trabajo vacante: Intervención, clase primera, reservado a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.
- Ayuntamiento de Tazacorte: Puesto de trabajo vacante: Intervención, clase segunda, reservado a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada.
El artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio (BOE nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado, en conexión con el artículo 56.2, letra n), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre (BOC nº 252, de 27.12.11), dispone que "cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en las corporaciones locales reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional por los procedimientos previstos en los artículos 30, 31 y 32, las corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a la que pertenece. La resolución del nombramiento se efectuará por el órgano competente para la comunidad autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por un funcionario con habilitación de carácter nacional".
Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter estatal que estén interesados en la provisión de los indicados puestos por alguna de las formas de provisión no definitivas señaladas en el párrafo anterior, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.
Los nombramientos se efectuarán con sujeción al procedimiento y previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 30, 31 y 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, citado, en la redacción dada por los artículos undécimo, duodécimo y decimotercero, respectivamente, del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado. E implicará el cese de los funcionarios propios de la Corporación que vengan desempeñando accidentalmente las funciones reservadas.
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2012.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.
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