BOC - 2012/111. Jueves 7 de Junio de 2012 - 2893

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona

2893 - EDICTO de 9 de mayo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000559/2011.

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D./Dña. Flora Benita Arteaga Herrera, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 12 de marzo de 2012.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Matilde Rocío Flores Esquivias, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona los presentes autos de Juicio verbal, nº 0000559/2011 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Caja Rural de Tenerife, dirigido por el Letrado D./Dña. Desconocido y representado por el Procurador D./Dña, Manuel Ángel Álvarez Hernández y de otra como demandada D./Dña. Ayelen Distribuciones, S.L., sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la actora Caja Rural de Tenerife contra Ayeles Distribuciones, S.L. debo condenar y condeno al demandado a que abone la cantidad de 541,14 euros, más los intereses devengados al tipo pactado y al pago de las costas de la litis.

Contra esta sentencia, cabrá recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ayelen Distribuciones, S.L., expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 9 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.



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