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BOC Nº 098. Viernes 18 de Mayo de 2012 - 2540

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

2540 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 9 de mayo de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, adoptado en la sesión celebrada el 30 de abril de 2012, relativo a la Modificación Puntual Cualificada del Plan General de Ordenación de San Sebastián de La Gomera-Hotel Torre del Conde. Trámite de aprobación de la Memoria Ambiental.- Expte. 2011/0257.

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BOC-A-2012-098-2540. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, adoptado en la sesión celebrada el 30 de abril de 2012, relativo a la Modificación Puntual Cualificada del Plan General de Ordenación de San Sebastián de La Gomera-Hotel Torre del Conde. Trámite de aprobación de la Memoria Ambiental. Expediente 2011/0257, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 30 de abril de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1.e) II del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 55/2006, de 9 de mayo, la Memoria Ambiental de la Modificación Puntual Cualificada del Plan General de Ordenación de San Sebastián de La Gomera en el ámbito del Hotel Torre del Conde (expediente 2011/0257) de forma condicionada a la incorporación de las siguientes correcciones o modificaciones:

1. En cuanto al análisis del proceso de evaluación no se han expuesto las administraciones públicas consultadas, los anuncios en el Boletín Oficial de Canarias, etc. Por otro lado, se describe el procedimiento planteado en el Decreto 55/2006 asimilándolo a la tramitación seguida en el procedimiento del expediente de la Modificación Puntual. Esto puede resultar incorrecto, ya que se mencionan aspectos que no están incluidos en el mencionado Decreto.

2. En cuanto a la forma en la que se han tomado en consideración las cuestiones planteadas en el trámite de consulta interadministrativa, se hacen las siguientes observaciones relacionadas con los aspectos señalados en el acuerdo de la COTMAC de 31 de octubre de 2011:

- No se hace referencia a las limitaciones de uso. Se recuerda que, tal y como señala el Informe Técnico, existen zonas en los ámbitos analizados con elevadas pendientes, pudiendo constituir ello limitaciones con respecto a los usos previstos.

- La evolución del medioambiente en caso de no aplicar la Modificación Puntual, debe completarse analizando el progreso de las variables ambientales (sobre todo en cuanto al paisaje se refiere). Actualmente el documento describe en qué consiste esta alternativa, pero no se expone cuál sería la evolución de las variables ambientales afectadas.

- Las alternativas valoradas se describen, pero no se comparan entre ellas teniendo en cuenta el punto de vista ambiental. Por otro lado no queda clara la diferencia entre la alternativa 0 y la alternativa 1.

- No se han identificado los impactos previstos según los planteamientos del Documento de Referencia.

Segundo.- El presente Acuerdo será notificado al promotor, al Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera y al Cabildo Insular de La Gomera y será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Demelza García Marichal.

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