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BOC Nº 068. Sábado 7 de Abril de 2012 - 1810

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

1810 EDICTO de 11 de enero de 2012, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000279/2010.

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BOC-A-2012-068-1810. Firma electrónica-Descargar

D. Julián Saiz Brito, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Que estimando íntegramente la demanda de divorcio presentada por la Procuradora Dña. María del Mar Cedrés Umpiérrez, en nombre y representación de D. Ascensio Ramón Rosa Hernández, frente a Dña. María América Salces de León, declarada en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio que celebraron ambos litigantes el día 30 de marzo de 1984 en Arrecife, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes.

Se disuelve el régimen económico matrimonial.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María América Salces de León , expido y libro el presente en Arrecife, a 11 de enero de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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