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BOC Nº 055. Lunes 19 de Marzo de 2012 - 1432

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V. ANUNCIOS - Anuncios particulares - Notaría de Dña. Julia del Carmen Segura Navarro

1432 ANUNCIO de 23 de febrero de 2012, relativo a subasta notarial.

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BOC-A-2012-055-1432. Firma electrónica-Descargar

Dña. Julia del Carmen Segura Navarro, Notario de Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, con residencia en Arguineguín Mogán.

Hago saber: que en mi Notaría, sita en Arguineguín, término municipal de Mogán, calle Ángel Guimerá, número 10, se tramita venta extrajudicial, conforme al artº. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

URBANA: en el término municipal de Mogán, Urbanización Puerto Rico, formando parte del Conjunto de Apartamentos -en construcción- denominado "Apartamentos La Concha", en la planta segunda. Finca treinta y nueve, apartamento número doscientos ocho, con una terraza en su parte delantera.

Ocupa el apartamento una superficie útil de treinta y un metros y veinticuatro decímetros cuadrados; la terraza, dieciocho metros cuadrados.

Linda el todo: Norte o frente, pasillo general de acceso; Sur o fondo, pasillo común de servicios; Naciente o izquierda, apartamento doscientos siete; y Poniente o Derecha, apartamento doscientos nueve.

Cuota de participación: un entero y ochenta y seis centésimas por ciento.

Inscripción: en el Registro de la Propiedad de Mogán, al tomo 830, Libro 150, Folio 198, finca 18286, inscripción 4ª.

Procediendo la subasta de la finca se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría. La 1ª subasta el día diecisiete de abril de dos mil doce, a las once horas, siendo el tipo base el de ciento sesenta y un mil trescientos cuarenta y cuatro (161.344,00) euros; de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el once de mayo de dos mil doce a las once horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento (75%) de la primera; en los mismos casos, la 3ª subasta el siete de junio de dos mil doce, a las once horas, en la que regirán los límites establecidos en los artículos 670 y 671, y la disposición adicional sexta de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción vigente en ese momento; de producirse la tercera subasta, siempre que el inmueble ejecutado tenga la condición de vivienda habitual, no se admitirá postura por un importe inferior al 60% del tipo de tasación, fijado en la primera subasta, recogido en la escritura de constitución de hipoteca; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día catorce de junio de dos mil doce, a las once horas, conforme al artículo 236.g).7 y 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistiendo. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta, y en la 3ª un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Arguineguín, Mogán, a 8 de marzo de 2012.- La Notario.

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