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BOC Nº 055. Lunes 19 de Marzo de 2012 - 1430

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V. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

1430 ANUNCIO de 5 de marzo de 2012, por el que se hace pública la Resolución de 10 de febrero de 2012, que modifica la delimitación respecto del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de Aripe, término municipal de Guía de Isora.

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BOC-A-2012-055-1430. Firma electrónica-Descargar

Con fecha 10 de febrero de 2012, el Sr. Director de Cultura y Patrimonio Histórico de este Excmo. Cabildo Insular dictó, entre otras, la siguiente Resolución:

"Visto el expediente de delimitación del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de Aripe, en el término municipal de Guía de Isora y

Resultando, que con fecha 25 de febrero de 1992, se dicta Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias por la que se incoa el expediente de referencia, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 48, de fecha 15 de abril de 1992.

Resultando, que con fecha 14 de febrero de 1995, se dicta Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias por la que se revoca el acto de incoación del citado expediente, dando traslado del mismo al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, para que si a bien lo tiene incoe nuevamente el referido expediente, al ser la asunción de competencias de los Cabildos Insulares anterior a la fecha de incoación, en virtud de lo establecido en el Decreto 60/1998, de 12 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico artístico insular (BOC nº 71, de 6.6.88), correspondiendo a estos la incoación e instrucción de los expedientes de declaración de bienes de interés cultural.

Resultando, que con fecha 30 de abril de 1996, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico informa favorablemente la incoación del mencionado expediente.

Resultando, que con fecha 6 de junio de 1996, se dicta Resolución de la Sra. Consejera-Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, por la que se incoa el expediente de referencia, de acuerdo con los anexos que acompañan a dicha Resolución, en la cual no consta la descripción ni la justificación de la delimitación del bien objeto de tal expediente, abriendo un período de información pública por un plazo de veinte (20) días y publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 83, de 10 de julio de 1996.

Resultando, que con fecha 21 de diciembre de 1998, se dicta Resolución de la Sra. Consejera-Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, por la que se rectifica la Resolución de fecha 6 de junio de 1996, en el sentido de añadir el anexo III que acompaña a aquella, relativo a la descripción del bien objeto de tal expediente, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 36, de 24 de marzo de 1999.

Resultando, que con fecha 26 de mayo de 1999, se dicta Resolución de la Sra. Consejera-Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, por la que se rectifica la Resolución de fecha 6 de junio de 1996, en el sentido de añadir el anexo IV que acompaña a aquella, relativo a la justificación de la delimitación del bien objeto de tal expediente, asimismo se abre el trámite de audiencia durante un plazo de quince (15) días, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 98, de 23 de julio de 1999.

Resultando, que con fecha 3 de febrero de 2000, se dicta Resolución de la Sra. Consejera-Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, por la que se eleva el expediente de delimitación de la Zona Arqueológica de Aripe, término municipal de Guía de Isora, a la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias, a fin de que se proceda a su resolución. Dicha Resolución fue debidamente notificada con fecha 17 de febrero de 2000.

Resultando, que con fecha 31 de enero de 2012, la Sección Técnica del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, emite el siguiente informe:

Habiéndose advertido que la delimitación del BIC, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de Aripe (término municipal de Guía de Isora) excluye la estación de grabados más significativa de este conjunto patrimonial, integrado por dos yacimientos rupestres y diversos elementos de valor etnográfico (eras y hornos), se propone esta modificación de la delimitación a los efectos de garantizar la protección administrativa de la totalidad de los elementos patrimoniales que están presentes en el lugar.

El motivo del error radica en que en el expediente de declaración de BIC, iniciado por la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias en 1992, se estableció la delimitación gráfica a instancias del Director General, Celso Martín de Guzmán, que desde entonces ha permanecido en el citado expediente. Consta informe del Comisario de patrimonio arqueológico y etnográfico, José Juan Jiménez González, en el que se realiza una breve descripción del conjunto arqueológico, pero no se alude a la delimitación propuesta, que se estima como la correcta.

En 1995 la Dirección General de Patrimonio Histórico revocó el acto de incoación del expediente para la declaración de BIC a favor de Aripe, en virtud de las transferencias de competencias a los Cabildos en materia de patrimonio histórico, si bien en la misma Resolución, de fecha 14 de febrero de 1995, se propone al Cabildo Insular de Tenerife que se conserven las actuaciones practicadas en aras al principio de economía procesal.

Por parte del Cabildo Insular se incoa nuevamente el expediente, que sólo es modificado en 2007 para introducir una descripción más detallada del bien. El expediente ha sido elevado al Gobierno de Canarias con fecha 3 de febrero de 2000, sin que haya recaído la correspondiente declaración.

Con motivo de una inspección rutinaria y contrastando el emplazamiento real de la estación de grabados de referencia con la delimitación gráfica incluida en el expediente, se ha podido confirmar el error, motivo por el que se propone la modificación de la delimitación, cuya descripción literal es la siguiente:

El origen del perímetro de protección se sitúa en el punto con coordenadas UTM (326.947; 3.122.399), en la isohipsa 825 m.s.n.m. y coincidiendo con el eje de un barranquillo actualmente ocupado por bancales. Prosigue en dirección SO por el eje del citado cauce hasta intersectar la isohipsa 725 m.s.n.m., continuando por dicha curva de nivel hasta el punto con coordenadas UTM (326.584; 3.122.211). Desde aquí avanza en línea recta hasta el punto con coordenadas UTM (326.648; 3.122.248) en la isohipsa 750 m.s.n.m. Se ajusta a esta curva de nivel en dirección NE hasta alcanzar el punto con coordenadas UTM (326.738; 3.122.355), para dirigirse en línea recta hasta el punto con coordenadas UTM (326.866; 3.122.407) en la isohipsa 825 m.s.n.m., continuando hasta el punto origen en línea recta.

Considerando, que en el presente supuesto procede llevar a cabo la modificación de la delimitación escrita y justificación de este Bien de Interés Cultural, a fin de garantizar la protección de la totalidad de los elementos patrimoniales presentes en el lugar.

Considerando, que según el artículo 8.3.d) de la LPHC, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de "Incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes."

Considerando, que esta Dirección Insular ostenta las competencias del Cabildo Insular de Tenerife en materia de patrimonio histórico, en virtud de lo establecido en el Acuerdo plenario de fecha 24 de junio de 2011 (BOP nº 126, de 27.7.11) y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 27 de junio de 2011 (BOP nº 122, de 21.7.11).

Por todo lo expuesto,

R E S U E L V O:

Modificar la delimitación escrita y gráfica, anexos I y II que acompañan a esta Resolución, relativos al expediente de delimitación de la Zona Arqueológica de Aripe, en el término municipal de Guía de Isora, Bien de Interés Cultural por ministerio de la ley, conservando los actos y trámites existentes en el expediente y que no se ven afectados por esta modificación."

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 2012.- El Director Insular de Cultura y Patrimonio Histórico, Cristóbal de la Rosa Croissier.

A N E X O I

EXPEDIENTE: Bien de Interés Cultural.

CATEGORÍA: Zona Arqueológica.

A FAVOR DE: Aripe.

MUNICIPIO: Guía de Isora.

DELIMITACIÓN

La delimitación propuesta se corresponde con un ámbito de forma irregular, cuya descripción es la siguiente. El origen del perímetro de protección se sitúa en el punto con coordenadas UTM (326.947; 3.122.399), en la isohipsa 825 m.s.n.m. y coincidiendo con el eje de un barranquillo actualmente ocupado por bancales. Prosigue en dirección SO por el eje del citado cauce hasta intersectar la isohipsa 725 m.s.n.m., continuando por dicha curva de nivel hasta el punto con coordenadas UTM (326.584; 3.122.211). Desde aquí avanza en línea recta hasta el punto con coordenadas UTM (326.648; 3.122.248) en la isohipsa 750 m.s.n.m. Se ajusta a esta curva de nivel en dirección NE hasta alcanzar el punto con coordenadas UTM (326.738; 3.122.355), para dirigirse en línea recta hasta el punto con coordenadas UTM (326.866; 3.122.407) en la isohipsa 825 m.s.n.m., continuando hasta el punto origen en línea recta.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN

La delimitación del ámbito de protección propuesto se justifica por la necesidad de preservar uno de los conjuntos rupestres más extraordinarios de los conocidos hasta ahora para Tenerife, debido a que incluye, con carácter excepcional, las únicas representaciones figurativas antropomorfas y zoomorfas descubiertas en la isla. La Zona Arqueológica se sitúa en las proximidades del caserío de Aripe, en los altos de Guía de Isora, localizándose en un interfluvio o espigón rocoso comprendido entre los barrancos de Aripe, como límite septentrional, y el de Pilón, como límite meridional. Se trata de un área intensamente antropizada, con antiguos bancales de cultivo y nateros, con infraestructuras (atarjeas, senderos, muros) asociadas a esta actividad.

Además de las representaciones figurativas señaladas en el entorno de este yacimiento arqueológico existen otros elementos de interés etnográfico -una era de dimensiones reducidas y un horno de tejas-, cuya descripción se efectuará en el epígrafe correspondiente y que complementan los valores patrimoniales del conjunto. Debido al deterioro que ha sufrido este entorno como consecuencia del intenso proceso de antropización que ha conocido el área, y, sobre todo, por los atentados que han sufrido los paneles de grabados tras su hallazgo en 1980, la delimitación propuesta tiene como objetivo garantizar la integridad, protección, conservación y disfrute público del entorno en el que se localiza el conjunto rupestre. Esta justificación es igualmente válida para los elementos etnográficos que lo acompañan. Los límites propuestos obedecen a las siguientes motivaciones:

1.- Por tratarse de un conjunto rupestre con una adscripción cronológica que arranca desde el período prehistórico hasta fechas posteriores a la conquista de la isla, resulta esencial mantener intacto el entorno natural inmediato en el que se localiza el yacimiento, no sólo para lograr una percepción visual más idónea del mismo, sino para conservar el ambiente físico-natural en cuyo contexto fueron ejecutadas estas manifestaciones culturales, al existir una íntima relación entre ambos, cuyos fundamentos se nos escapan en el estado actual de conocimientos.

2.- Como conjunto de manifestaciones rupestres con una elevada fragilidad y muy vulnerables a la acción antrópica, se intenta establecer una zona de seguridad en torno a los afloramiento fonolíticos donde se ubican, de manera que, además de asegurar la percepción plena del yacimiento, permita su protección frente a los procesos de ocupación y uso del suelo.

3.- Dado el carácter arqueológico del bien que se pretende conservar y proteger, y a tenor de la propia naturaleza de los restos arqueológicos, que suelen encontrarse sepultados y no ser perceptibles en superficie, se hace indispensable fijar un sector de terreno circundante a la estación rupestre que pudiera albergar vestigios materiales esenciales para el correcto conocimiento e interpretación de la misma.

4.- Se acogen en el interior del ámbito de protección dos elementos de carácter etnográfico -uno de ellos bastante bien conservado- como manifestación de los usos tradicionales desarrollados en la zona: una era y un antiguo horno de tejas.

DESCRIPCIÓN

La Zona Arqueológica se localiza en el interfluvio comprendido entre los barrancos de Aripe, como límite septentrional, y el de Pilón, como límite meridional, con una superficie de unos 57.000 m2. Se trata de un afloramiento de rocas fonolíticas, orientado hacia el sur y ubicado sobre un espigón rocoso de la misma naturaleza, correspondiente a la Serie III, que se destaca entre los dos barrancos, caracterizados por su escaso nivel de encajamiento. La vegetación de la zona corresponde al área potencial del pinar, perviviendo numerosos ejemplares de Pinus canariensis, alternándose con especies seriales de sustitución, cuya presencia obedece a los antiguos aprovechamientos practicados en la zona y hoy desaparecidos.

La estación rupestre está constituida por seis conjuntos de grabados ejecutados mediante la incisión, con o sin abrasión, así como algunos rayados, generalmente asociados a los "graffitis" e inscripciones modernas. Parte de los paneles, especialmente los que acogen los motivos de mayor interés, se encuentran cubiertos de líquenes, lo que unido a su pequeño tamaño, dificulta su visualización. Los grabados de carácter figurativo, por su excepcionalidad en la isla, constituyen los motivos de mayor interés del yacimiento, incluyendo representaciones antropomorfas -supuestos guerreros- y zoomorfas -supuestos cápridos y équidos-. El repertorio se completa con abundantes grabados cruciformes, muy próximos y, en ocasiones, superpuestos a los anteriores, así como grabados rectilíneos -aislados o agrupados-, así como otros motivos sin organización específica y variabilidad tipológica. Los conjuntos citados tienen las siguientes características:

* El conjunto nº 1 se reparte en tres lajas, dispuestas subverticalmente y orientadas al este, que albergan grabados incisos de tipología rectilínea, de diversa profundidad y anchura. Junto a ellos existen otros grabados, también rectilíneos, muy profundos y desprovistos de pátina, lo que atestigua su verificada modernidad. Los motivos más interesantes del conjunto son:

Una figura antropomorfa de 14,5 cm de longitud, provista de faldellín, torso rayado y una cabeza indiferenciada, dotada de trazos cortos y verticales que podrían interpretarse como plumas.

Una figura zoomorfa, a escasos centímetros de la anterior, con aspecto de équido. Presenta un cuerpo tubular, patas filiformes y orejas enhiestas. Sufrió importantes daños tras su hallazgo, al superponerse sobre parte de la misma profundas incisiones rectilíneas.

* El conjunto nº 2 se ubica sobre una laja de 3,73 m de longitud y disposición horizontal, estando orientada de este a oeste y dividida en tres zonas. Alberga un elevado número de grabados cruciformes, uno de los cuales presenta una serie de cortos trazos adosados, a modo de sudario. También aparecen inscripciones y "graffitis" modernos, así como cinco representaciones antropomorfas:

Las dos primeras aparecen juntas, ligeramente superpuestas. Se trata de un esbozo de figura humana de 10 cm de alto, con piernas y falda, careciendo de cabeza debido a que en este punto se ha saltado la piedra. La otra figura, de 14,5 cm de altura, presenta una cabeza redondeada y dotada de plumas, cuello largo, pecho a bandas, faldellín tachonado de pequeños orificios y un brazo empuñando una especie de jabalina.

La figura nº 3 tiene el mismo esquema que las anteriores, con faldellín complejo, piernas terminadas en "V" y cabeza y torso más difícilmente observables, con 10 cm de altura.

La figura nº 4 coincide con las anteriores en la mayor parte de los caracteres -cuello, cabeza, plumas-, si bien en su brazo alargado existe un haz de trazos rectilíneos (¿jabalinas, dedos?); mientras que la nº 5 es la más infantil, con un torso lineal, faldellín corto y piernas más largas y una altura de 14,5 cm.

En este conjunto aparece una figura indeterminada, realizada con la misma técnica y dotada de igual pátina, compuesta por un codo terminado en forma subcircular, que se amplía en su origen mediante líneas abiertas y curvas, así como dos pequeñas incisiones. También aparecen numerosos signos cruciformes, con una tipología muy similar, a tenor de su sencillo diseño, entre las que destacan dos de ellos algo más elaborados:

Una cruz simple, con un ángulo a continuación del brazo transversal y dos ampliaciones curvilíneas hacia la parte inferior del trazo vertical más largo. Puede tratarse de una cruz con sudario o responder a otra simbología no determinada. El segundo motivo es una cruz con pedestal, muy próximo al antropomorfo nº 5.

* Los restantes cuatro conjuntos son bastante homogéneos en cuanto a los motivos que albergan, estando constituidos por signos cruciformes, rectilíneos diversos, así como figuras de tendencia geométrica, a modo de rectángulos con prolongaciones laterales y parcelaciones interiores.

Los elementos etnográficos presentes en el ámbito de protección están constituidos por una era de tendencia circular de unos 5 m de diámetro, empedrado a base de lajas fonolíticas y parapeto exterior parcialmente destruido. En sus inmediaciones existe un antiguo horno de tejas, que ha perdido parte de la estructura superior.

La estación de Aripe constituye uno de los conjuntos rupestres más notables de los conocidos en Tenerife, dada la presencia de representaciones figurativas, así como formas esquemáticas y geométricas acordes con las existentes en otras estaciones de la isla. El conjunto rupestre, a excepción hecha de los "grafittis" e inscripciones modernas -bien identificadas-, no son actuales, tanto por la pátina y la formación de líquenes sobre ellos, como por su documentación en el mundo aborigen, sin que se pueda precisar si los grabados puedan ser una pervivencia posterior a la conquista, aunque entroncable en el ambiente cultural prehispánico.

Las figuras antropomorfas y zoomorfas han sido emparentadas por R. de Balbín y A. Tejera (1983) con los denominados "guerreros líbicos", propios del arte rupestre sahariano, interpretando una posible vinculación a la Protohistoria africana, período con el que se relaciona el poblamiento antiguo de la isla. En relación con los signos cruciformes, la explicación más generalizada es la que los asocia con procesos de cristianización de antiguos centros rituales paganos, tan comunes en otros yacimientos rupestres de la Península Ibérica. No obstante, este motivo pudiera explicarse, como el resto de los signos geométricos, en el propio contexto cultural prehistórico, sin que se pueda intuir su significado concreto.

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